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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (04/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país, el cual se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, con el Informe Nº 000286-2023-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite el Informe Nº 012742-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes recomendando otorgar el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora OLIMPIADES ARANGO ROJAS por su trayectoria como productora y promotora musical, permitiendo que diversas músicas tropicales peruanas se conviertan en sonidos referenciales para las generaciones de la década de 1990 y parte de la siguiente en el Perú; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la persona propuesta; advirtiendo que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora OLIMPIADES ARANGO ROJAS, como fundadora y directora del sello Rosita Producciones, una de las responsables del resurgimiento de la cumbia peruana, siendo una de las mujeres más relevantes de la música tropical peruana. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2220984-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban Directiva que establece disposiciones para la articulación de los órganos y programas nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en la formulación, actualización, implementación, seguimiento, evaluación e innovación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000186-2023-MIDIS Lima, 29 de septiembre del 2023VISTOS: Los Informes N° D000314-2023-MIDIS-DDP y N° D000346-2023-MIDIS-DDP, emitidos por la Dirección de Diseño de Políticas; los Informes N° D000261-2023-MIDIS-DGPE y N° D000314-2023-MIDIS-DGPE así como los Memorandos N° D000273-2023-MIDIS-DGPE y D000300-2023-MIDIS-DGPE, emitidos por la Dirección General de Políticas y Estrategias; los Memorandos N° D000426-2023-MIDIS-VMPES y N° D000497-2023-MIDIS-VMPES, emitidos por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Informes N° D000104-2023-MIDIS-OM y N° D000132-2023-MIDIS-OM, emitidos por la O fi cina de Modernización; los Informes N° D000287-2023-MIDIS-OGPPM y D000329-2023-MIDIS-OGPPM, emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes N° D000501-2023-MIDIS-OGAJ y N° D000528-2023-MIDIS-OGAJ, emitidos por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios ejercen, entre otras, las funciones de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; Que, mediante Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), se determina el ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica del MIDIS, estableciendo en su artículo 4 que es entidad competente en las materias siguientes: (i) Desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social; y (ii) Protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, de acuerdo con los artículos 6 y 8 de la Ley N° 29792, el MIDIS es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, entre otras acciones, siendo ente rector del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS); por ello, el MIDIS ejerce la rectoría de las políticas de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental, así como formula y aprueba las disposiciones normativas en el marco de sus competencias; Que, conforme a los artículos 21 y 24 de la Ley N° 29792, se crea el SINADIS como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinado a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales; siendo que el MIDIS como ente rector del SINADIS ejerce la autoridad técnico-normativa a nivel nacional, dicta normas y establece procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales, coordina su operación técnica así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas y es responsable de su correcto funcionamiento; Que, el artículo 10 del Reglamento del SINADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2016-MIDIS, precisa las funciones del MIDIS como ente rector del SINADIS, destacando entre ellas: proponer, para su aprobación, la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS); articular el diseño, puesta en funcionamiento y adecuación de los sistemas de recolección, registro y procesamiento de datos asociados al cumplimiento, seguimiento y evaluación de los resultados prioritarios de la política de desarrollo e inclusión social, y aplicación de los sistemas de información correspondientes; elaborar un informe anual de gestión y evaluación de la implementación de la PNDIS y rendir cuentas de los resultados obtenidos; y armonizar