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137 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / mediante la cual se resuelve en el Artículo Primero: “Declarar como Entidades Públicas de Tipo B, con e fi cacia anticipada al 14 de septiembre de 2014 y sólo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a las Unidades Ejecutoras, Proyectos y/u Órganos Desconcentrados del Gobierno Regional de Cajamarca que se detallan a continuación…” Las Direcciones Regionales declaradas como entidad Tipo “B” son: (…)DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES CAJAMARCA. (…); Que, mediante Ordenanza Regional N° 010-2010- GR.CAJ-CR, de fecha 03 de Setiembre del año 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF-2010) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca, el mismo que contiene la estructura orgánica de la Dirección, considerando el direccionamiento estratégico institucional para lograr la Visión y los Objetivos, para lo cual se consolida los niveles jerárquicos y organizacionales; Que, con fecha 11 de junio de 2021, mediante Ordenanza Regional N° D000004-2021-GRC-CR se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca, el cual es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones; Que, a través de la Resolución Directoral Sectorial N° 348- 2020-GR.CAJ/DRTC, de fecha 24 de noviembre de 2020, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos (CC-2020) de la DRTC instrumento que cumple con la identi fi cación de clasi fi caciones establecidas de acuerdo al artículo 4° del Capítulo II de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. Que, el numeral 4.1 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que, la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los niveles de gobierno está condicionada al informe de Opinión Favorable que emita SERVIR; Que, Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual ha establecido los lineamientos a tener en cuenta para elaborar la propuesta del MCC de las entidades del Estado; estableciendo en su numeral 6.1.8, que la aprobación del CAP Provisional en el ámbito de Gobierno Regional debe aprobarse mediante Ordenanza Regional; Que, en el camino hacia la modernización de la DRTC, es necesario contar con, entre otros documentos de gestión, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, el que a su vez requiere un documento marco que es el Manual de Clasi fi cador de Cargos, que debe estar actualizado y en relación a las necesidades actuales que el proceso de modernización del Estado demanda; Que, mediante Ley Nº 31419, y su respectivo reglamento, se han establecido disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, en las entidades públicas; Que, en cumplimiento de Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, la propuesta del MCC, se está adecuando a los requisitos mínimos establecidos para estos cargos; Que, en cumplimiento de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, la propuesta del MCC contiene los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF, alineándonos a las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, las Autoridades Judiciales competentes de Cajamarca, Chota y Jaén, han emitido diversas sentencias judiciales, que a la fecha ya han adquirido la calidad de Cosa Juzgada, con las cuales han dispuesto la reincorporación de servidores en la DRTC, en consecuencia, estas reincorporaciones deben ser parte de este documento de gestión; Que, Con fecha 13.02.2022, mediante INFORME N° 012-2023-GR-CAJ/DRTC.OPP, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la DRTC, ha emitido la OPINIÓN FAVORABLE al presente proyecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la DRTC; Que, Con fecha 10.03.2023, mediante OFICIO N° D342-2023-GR.CAJ-DRA/DP, la Directora de Personal del Gobierno Regional de Cajamarca, remitió a la DRTC el INFORME N° D8-2023-GR.CAJ-DRA-DP/GIAC, el cual contiene la OPINIÓN TECNICA FAVORABLE para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca; Que, Con fecha 26.04.2023, mediante OFICIO N° D252- 2023-GR.CAJ/DRAJ, el Director de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cajamarca, remitió a la DRTC el INFORME LEGAL N° D18-2023-GR.CAJ-DRAJ/SKHS, el cual contiene la OPINIÓN LEGAL FAVORABLE para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado por unanimidad la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS (MCC), DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE CAJAMARCA”. Artículo Primero.- APRUÉBESE el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS (MCC) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cajamarca, cuyo texto se encuentra anexo y forma parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE toda ordenanza que se oponga a la presente Norma Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones distribuya y difunda los documentos de gestión aprobados mediante la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. En Cajamarca, siendo el día 31 del mes de mayo del año Dos Mil Veintitrés. RICARDO ULISES QUISPE SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla con los apremios de Ley. Dado en Cajamarca, en la sede del Gobierno Regional.ROGER GUEVARA RODRÍGUEZ Gobernador Regional SE PRECISA QUE LOS ANEXOS SE VISUALIZARAN EN LA SIGUIENTE PAGINA WEB: https://www.regioncajamarca.gob.pe/media/portal/IEDID/ documento/43085/MANUAL_DE_CLASIFICADOR_DE_CARGOS_MCC_DRTC_2023.pdf?r=1689343190 2219889-1