TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de octubre de 2023 El Peruano / GANNINA ARISPE ALBURQUEQUE ha resultado ganadora de la plaza notarial correspondiente al distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, Distrito Notarial de Piura y Tumbes; Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso de la señora abogada SYLVANA GANNINA ARISPE ALBURQUEQUE, que ha resultado ganadora de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con e fi cacia a partir del día siguiente de su juramentación e incorporación como notaria del distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, Distrito Notarial de Piura y Tumbes; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS y normas conexas, la señora abogada SYLVANA GANNINA ARISPE ALBURQUEQUE ha resultado ganadora de la plaza notarial correspondiente al distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, Distrito Notarial de Piura y Tumbes; conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2022-CNPYT; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, dispone que concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o declaración de plazas desiertas por parte del jurado en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de la notaria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cancelar por causal de renuncia, el título de notaria del distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, Distrito Notarial de Piura y Tumbes, otorgado a la señora abogada SYLVANA GANNINA ARISPE ALBURQUEQUE, con e fi cacia a partir del día siguiente a su juramentación como notario del distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, Distrito Notarial de Piura y Tumbes. Artículo 2.- Nombrar a la señora abogada SYLVANA GANNINA ARISPE ALBURQUEQUE como notaria del distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, Distrito Notarial de Piura y Tumbes, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes y a la interesada para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2227950-1 Nombran notario del distrito de San Isidro, provincia de Lima, Distrito Notarial de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0341-2023-JUS Lima, 23 de octubre de 2023VISTOS, los Informes N° 230-2023-JUS/CN/ST-CP y Nº 019-2023-JUS/CN/ST y el Memorando N° 488-2023-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 1094-2023-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, “Decreto Legislativo del Notariado”, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto Legislativo, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado califi cador; Que, conforme consta del Acta de Adjudicación de plazas convocadas en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Lima N° 001-2021-CNL/LIMA, convocado por el Colegio de Notarios de Lima, se han cumplido las diferentes fases del referido concurso público, resultando ganador el señor GROVER PAUL MORALES CAMA, de la plaza notarial correspondiente al distrito de San Isidro, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que, el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado una de las plazas notariales convocadas, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;