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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / partes de ello al sector de Uso del suelo cambio del Uso del Suelo y silvicultura; Que, la Política Nacional del ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, resalta la importancia de los bosques en el Perú, incluyendo su papel en la mitigación y adaptación al cambio climático, especí fi camente el Eje de Política 1, sobre conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos Naturales y de la Diversidad biológica que de fi ne lineamientos del política, que buscan establecer el impulso de la gestión sostenible e integrada de los bosques, prevenir la reducción y degradación de bosques y sus recursos; conservar e incrementar la cobertura boscosa y la capacidad productiva del ecosistema; privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque; fomentar la reforestación, fortalecer el control y vigilancia con participación comunitaria y ciudadana; y, evitar la deforestación de los bosques naturales; Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2013-MINAGRI, tiene por objetivo general contribuir con el desarrollo sostenible del país, a través de una adecuada gestión del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la nación, que asegure su aprovechamiento sostenible, conservación, protección e incremento para la provisión de bienes y servicios de los ecosistemas forestal, otros ecosistemas de vegetación silvestre y de la fauna silvestre, en armonía con el interés social, cultural, económico y ambiental de la Nación; Que, la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI, tiene por objetivo lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional; apunta a incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario, y a gestionar los recursos naturales y la diversidad biológica de competencia del sector agrario en forma sostenible; Que, la Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático (ENBCC), aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 007-2016-MINAM, tiene como objetivo reducir la perdida y degradación de los bosques en el Perú y por ende, las emisiones de gases de efecto invernadero vinculadas al sector de Uso del Suelo, Cambio del Uso del Suelo y Silvicultura (USCUSS) y mejorar la resiliencia del paisaje forestal y de la población que depende de estos ecosistemas, con especial énfasis en los para pueblos indígenas y campesinos, para reducir su vulnerabilidad frente al cambio climático, para lo cual plantea la elaboración de hojas de ruta regionales; Que, la propuesta de Ordenanza Regional, permitirá aprobar en el ámbito territorial del departamento de Piura, la Estrategia Regional para el Desarrollo Rural Bajo en Emisiones al 2030 (ERDRBE) y normar su implementación; Que, la aprobación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones ERDRBE y declaración de política pública regional mediante Ordenanza Regional, permitirá institucionalizar el proceso alineado con los instrumentos de gestión regionales, impulsar y fortalecer la articulación y concertación entre el Gobierno Regional Piura con los Gobiernos Locales y el Gobierno Nacional, así como el sector privado, organizaciones de la sociedad civil organizada, organizaciones campesinas, instituciones académicas, con el objetivo de reducir la deforestación e incrementar la productividad, mejorando los servicios bajo un enfoque de producción, protección e inclusión y lograr el bienestar de la población de Piura, a partir de la conservación y recuperación de nuestros bosques, la producción sostenible y competitiva baja en emisiones, para la mejora de los medios de vida; Que, en Acta de Reunión de fecha 12 de setiembre de 2022, el Grupo Técnico Regional acuerda lo siguiente: Validación del proyecto de Ordenanza Regional de aprobación de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE. El informe técnico que sustenta la ERDRBE será elaborado y tramitado conforme los procedimientos administrativos por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y GMA; Que, la ERDRBE de Piura tiene como objetivo, promover a través de paquetes de intervenciones dirigido a las Unidades Socioeconómicas Ambientales – USA, en espacios geográ fi cos denominados Unidades de Desarrollo Territorial - UDT, el desarrollo de diversas actividades económicas sostenible y resilientes con el cambio climático; concentrando recursos naturales, capacidad humana e infraestructura para re fl ejar el potencial en el departamento; Que, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones - ERDRBE plantea como visión que, “Al 2030 la región Piura, desarrolla una economía competitiva, diversi fi cada e innovadora, como resultado de la reducción de la deforestación y sus emisiones de Gases Efecto Invernadero-GEI asociadas al Sector Uso del Suelo Cambio de Uso de Suelo y Silvicultura-USCUSS, con un enfoque de, conservación e inclusión, generando ingresos y bienestar con producción equidad, bajo una efi ciente gobernanza y valoración de los ecosistemas forestales”; Que, la Estrategia Regional de Desarrollo Rural Bajo en Emisiones (ERDRBE) ha establecido cuatro (4) Unidades de Desarrollo Territorial - UDT, que constituyen divisiones geográ fi cas determinadas en base a la dinámica de desarrollo, patrones similares de deforestación y la identi fi cación de Unidades Socioeconómicas Ambientales - USA homogéneas. La creación de las UDT responde a la necesidad de distribuir y organizar las diferentes estrategias de la ERDRBE, así como la debida socialización con los actores; - UDT Talara-Paita Sullana, - UDT Sechura - Piura, - UDT Piura - Morropón y - UDT Ayabaca - Huancabamba; Que, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1984-2022-GRP/460000, de fecha 22 de diciembre del 2022, luego de la evaluación respectiva, emitió la opinión siguiente: “En opinión de esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, la propuesta de Ordenanza Regional tiene por objeto aprobar la “Estrategia Regional de Desarrollo Rural bajo en Emisiones de la Región Piura al 2030” como Política Pública Regional con la fi nalidad de reducir y detener la deforestación, degradación de nuestros bosques y mejorar la calidad de vida de la población con énfasis en la población rural, con un enfoque sostenible, inclusivo y competitivo, propuesta que se sustenta en las opiniones técnicas favorables de la Sub Gerencia Regional de Gestión de Recursos Naturales y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Por lo tanto, resulta factible que la presente propuesta sea sometida a sesión del Consejo Regional para que de acuerdo a sus atribuciones y competencias determine su aprobación o no, de conformidad con el artículo 37º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus normas modi fi catorias, que establecen lo siguiente: “Artículo 37º.- Los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Artículo 38º Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, mediante Dictamen Nº 001-2023/GRP-CR- CRNyMA, de fecha 05 de JUNIO de 2023, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente, recomendó aprobar la “Estrategia Regional de Desarrollo Rural bajo en Emisiones de la Región Piura al 2030”, a través de una ordenanza regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en la Sesión Ordinaria Nº 06-2023-CR, celebrada el día 28 de junio de 2023, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones por la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y Reglamento Interno del Consejo Regional de Piura y sus modi fi catorias; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: