NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / implementar sistemas, estrategias e intervenciones para dar cumplimiento al logro de resultados que garanticen el desarrollo infantil temprano”; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2019-MIDIS; Aprueba la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia”, con el propósito de efectivizar, con carácter de prioridad, el acceso al paquete integrado de servicios priorizados, que contribuyen al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los 5 años de edad, a través de la gestión articulada de las entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local, fortaleciendo las sinergias y eliminando las duplicidades, de acuerdo con sus roles y capacidades; por su parte, el Gobierno Regional cumple un doble rol en el marco de la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia”, por un lado, articula los lineamientos de política que desde el nivel nacional se emiten, y por otro, articula y atiende las demandas que surgen desde el nivel local, a partir del análisis de cuellos de botella de la prestación del Paquete Integrado; Que, la Resolución Suprema Nº 023-2019- EF; aprueba el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano; Artículo 3º “La articulación intersectorial e intergubernamental, que en un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigencia la precitada norma, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como responsable del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, emitirá disposiciones para la articulación y actuación conjunta para la implementación del citado Programa, asimismo coordinará y articulará con las entidades participantes de la provisión de los productos del referido Programa, en todas las fases del proceso presupuestario. Esto supone que el Gobierno Regional a través del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI, tendrá un mejor escenario para la implementación progresiva de este programa presupuestal”; Que, la Ordenanza Regional Nº 452-2020/GRP-CR; el Gobierno Regional emite la O.R. Nº 452-2020/GRP-CR, que modi fi ca y actualiza la estructura organizativa y funcional del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREPI; norma que crea el Comité de Alta Gerencia, instancia técnica y decisora en la mejora de la implementación de las políticas y desarrollo de los procesos operativos para garantizar la entrega articulada y oportuna de los paquetes integrales de servicios a la Primera Infancia, y para el logro de los resultados del Desarrollo Infantil Temprano; la que considera a la Dirección Ejecutiva en el Órgano Técnico ejecutivo, como adscrito a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que se encarga de conducir la plani fi cación, organización, funcionamiento, seguimiento, evaluación y fortalecimiento del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia; sus funciones y atribuciones y su conformación técnico - especializada. Realiza las funciones de Secretaría Técnica a efectos de organizar las sesiones e implementar las políticas del Comité de Alta Gerencia, así como también presentar informes semestrales y anuales; La precitada norma rati fi ca la existencia del Comité Regional de Primera Infancia, como instancia responsable de gestionar la articulación intergubernamental y concertación social regional, entre las entidades del Estado, las organizaciones de la Sociedad Civil y el Sector Privado, para garantizar en el territorio la atención integral de la Primera Infancia, incidiendo en la mejora de la provisión de los paquetes integrales de servicios desde la gestación hasta los 5 años de edad, y en la mejora de los resultados del Desarrollo Infantil Temprano. Además, cumple un doble rol: i) articula los lineamientos de política que desde el nivel nacional se emiten, así como también de las políticas que se emitan desde el nivel regional y ii) articula y atiende las demandas que surgen desde el nivel local, a partir del análisis de cuellos de botella de la prestación de los paquetes integrales de servicios; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU; aprueba el Proyecto Educativo Nacional al 2036, el mismo que establece como visión que: “Todas las personas en el Perú aprendemos, nos desarrollamos y prosperamos a lo largo de nuestras vidas, ejerciendo responsablemente nuestra libertad para construir proyectos personales y colectivos, conviviendo y dialogando intergeneracional e interculturalmente, en una sociedad democrática, equitativa, igualitaria e inclusiva, que respeta y valora la diversidad en todas sus expresiones y asegura la sostenibilidad ambiental”. Ello implica según el Proyecto Educativo Nacional, que se propicie en las familias y/o cuidadores principales de menores de 3 años (en articulación con los sectores involucrados) el desarrollo de competencias parentales para que la crianza estimule el desarrollo infantil temprano, así como servicios de atención educativa y cuidado de carácter supletorio con atención cali fi cada, en los casos en los que sea necesario y tomando en consideración las particularidades culturales de los niños, niñas y sus hogares”. Que, el Decreto Supremo Nº 008-2021-MIMP; aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030 – PNMNNA, la cual se constituye en el instrumento marco de políticas públicas en temas de niñez y adolescencia que orientará la acción del Estado en sus tres niveles de gobierno al desarrollo de intervenciones articuladas, a fi n de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; Que, el Quinto Convenio de Asignación por Desempeño en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño; tiene por objeto establecer los compromisos de gestión y metas de cobertura del periodo a lograr por el Gobierno Regional que lo suscribe, en el marco de las prioridades de la política social y el compromiso del Estado con la primera infancia, para permitir que las niños y niñas puedan desenvolverse con mayor autonomía y capacidad e interactuar con su entorno en pleno ejercicio de sus derechos, así como, de las metas para la reducción de la violencia contra la mujer y los mecanismos para la asignación para los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño, dicha norma establece la suscripción de un pacto político por la primera infancia entre el Gobierno Regional con los Gobiernos Locales, vinculando sus indicadores a los paquetes integrados de servicios orientados a las gestantes, niños, niñas acceso a agua clorada y acceso educación inicial; Que, mediante Dictamen Nº 004-2023/GRP-CR-CDS, de fecha 21 de junio de 2023, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, recomendó Rati fi car el Pacto Político Regional “Unidos por la Primera Infancia” y aprobar el Documento Técnico, que forma parte integrante del pacto político regional “unidos por la primera infancia” en el marco del sistema regional de atención integral de la primera infancia – SIREPI, a través de una ordenanza regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por UNANIMIDAD, en la Sesión Ordinaria Nº 06-2023-CR, celebrada el día 28 de junio de 2023, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones por la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y Reglamento Interno del Consejo Regional de Piura y sus modi fi catorias; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA EL PACTO POLÍTICO REGIONAL “UNIDOS POR LA PRIMERA INFANCIA” Y APRUEBA EL DOCUMENTO TECNICO, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PACTO POLÍTICO REGIONAL “UNIDOS POR LA PRIMERA INFANCIA” EN EL MARCO DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA – SIREPI. Artículo Primero.- RATIFICAR el Pacto Político Regional “Unidos por la Primera Infancia”, suscrito por el Gobierno Regional representado por el Gobernador y las autoridades de los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales representado por sus alcaldes, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el Documento Técnico, que forma parte integrante del Pacto Político Regional denominado “Unidos por la Primera Infancia, en