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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (27/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de setiembre de 2023 El Peruano / Tercero. Que, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos, intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando N° 000819-2023-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, Jueza Especializada Penal titular de la Corte Superior de Justicia de Sullana, del 24 al 30 de setiembre del año en curso, para que participe de manera presencial en el Curso de Investigaciones Financieras para la Corrupción Pública, que se llevará a cabo en la ciudad de San Salvador, San Salvador; concediéndosele licencia con goce de haber del 25 al 29 de los corrientes. Artículo Segundo.- El gasto del seguro de viaje estará a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al detalle: • Jessica Vanessa Medina Jiménez US$ 42.00 dólares americanos. Artículo Tercero.- La mencionada jueza especializada deberá presentar un informe a este despacho, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentará la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, jueza designada, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2219127-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Modifican la Directiva N° 10-2022-CG/GMPL “Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2022-2024 de los Órganos de Control Institucional” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 346-2023-CG Lima, 26 de setiembre de 2023VISTOS: Las Hojas Informativas Nº 000033-2023-CG/PLPREPI, Nº 000066-2023-CG/PLPREPI, N° 000115-2023-CG/PLPREPI, N° 000192-2023-CG/PLPREPI, N° 000288-2023-CG/PLPREPI y N° 000429-2023-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; los Memorandos N° 000134-2023-CG/GMPL, N° 000177-2023-CG/GMPL, N° 000271-2023-CG/GMPL, N° 000408-2023-CG/GMPL y N° 000553-2023-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; los Memorandos N° 000219-2023-CG/VCST, N° 000435-2023-CG/VCST y N° 000556-2023-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; los Memorandos N° 000146-2023-CG/VCIC, N° 000271-2023-CG/VCIC y N° 000353-2023-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; las Hojas Informativas Nº 000098-2023-CG/NORM y Nº 000255-2023-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; y, las Hojas Informativas Nº 000059-2023-CG/GJNC y Nº 000150-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, dispone que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, el literal s) del artículo 22 de la mencionada Ley N° 27785 establece que es atribución de la Contraloría General de la República, dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de los recursos del Estado, en función a las metas previstas y las alcanzadas; Que, el literal b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, establece que es facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema Nacional de Control; asimismo, el literal c) del referido artículo, lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, esta Entidad Fiscalizadora Superior, mediante Resolución de Contraloría N° 192-2022-CG aprobó la Directiva N° 10-2022-CG/GMPL “Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2022-2024 de los Órganos de Control Institucional”, que regula el proceso de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional, mediante disposiciones que les permitan establecer y priorizar los productos, de fi nir metas y, distribuir e fi cientemente los recursos disponibles para la ejecución de la programación; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 292- 2023-CG, la Contraloría General de la República aprueba el “Plan Nacional de Control 2023 Modi fi cado”, el cual establece metas de servicios de control y servicios