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33 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2024 El Peruano / 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del bien inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “RED VIAL Nº 6: TRAMO: PUENTE PUCUSANA-CERRO AZUL- ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR" N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS LURINCHINCHA LIMITADACÓDIGO: RV6-110204-R-0014ÁREA AFECTADA: 187.13 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 10,666.41LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Norte: Colinda con la carretera Panamericana Sur y la U.C. 08792, mediante una línea recta que mide 6.36 m.• Por el Este: Colinda con la U.C. 076302, propiedad inscrita en la Partida N° 11029283 del Registro de Predios de Chincha, mediante una línea recta que mide 29.96 m.• Por el Sur: Colinda con la carretera Panamericana Sur, mediante una línea recta que mide 6.35 m.• Por el Oeste: Colinda con la U.C. 076302, propiedad inscrita en la Partida N° 11029283 del Registro de Predios de Chincha, mediante una línea recta que mide 30.01 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 6.36 372058.7537 8502202.8360 B B-C 29.96 372065.1127 8502202.8177 C C-D 6.35 372070.7118 8502173.3868 D D-E 30.01 372064.3657 8502173.3599 PARTIDA REGISTRAL : N° 11029283 del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Chincha, Zona Registral N° XI-Sede Ica. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : fecha 28 de setiembre de 2023 (Informe Técnico Nº 009015-2023-Z.R N° IX-SEDE-ICA/UREG/CAT). INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL Nº 003-2024-VDSS de fecha 18 de marzo 2024, suscrito por Veri fi cador Catastral. 2278162-1 Aprueban ejecución de expropiación del área afectada de un inmueble para la ejecución de la Obra: “ Autopista del Sol (Trujillo-Chiclayo-Piura-Sullana)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 158-2024-MTC/01.02 Lima, 9 de abril de 2024VISTOS: El Memorando N° 2097-2024-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Memorando N° 1955-2024-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y,CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Autopista del Sol (Trujillo-Chiclayo-Piura-Sullana)”, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución, Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias