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63 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2024 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI Delegan al Gerente Municipal la facultad para aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 029-2024-A-MDM/LC Camisea, 27 de febrero de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 20, inciso 6 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidad, establece que son atribuciones del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, el artículo 43°, de la citada norma, establece que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativos; Que, el artículo 45 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público establece que los montos y las fi nalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público solo podrán ser modi fi cados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido mediante modi fi caciones en el nivel Institucional y Modi fi caciones en el Nivel Funcional y Programático; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, establece que el Titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado. Concordante con ello el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440 se señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, precisa que la delegación de competencias procede de un órgano a otro al interior de la entidad siempre que existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; Estando a las facultades establecidas por el inciso 6) y 20) del artículo 20º y artículo 43º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, al GERENTE MUNICIPAL de la Municipalidad Distrital de Megantoni, la facultad para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, conforme los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y demás órganos que resulten competentes, el cabal cumplimiento de la presente Resolución Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto toda norma o dispositivo que se oponga a la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina General de Secretaria y Gestión Documentaria, noti fi car la presente Resolución a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información publicar la presente resolución la página web de la Municipalidad Distrital de Megantoni (www.gob.pe/munimegantoni). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ESAU RIOS SHERIGOROMPI Alcalde 2278798-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU Ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo de Carácter Multianual 2025-2027 de la Municipalidad Distrital de Machupicchu ORDENANZA MUNICIPAL Nº 07-2024-MDM-CM Machupicchu, 27 de marzo del 2024 VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de marzo de 2024, Acuerdo de Concejo Municipal Nº 32-2024-MDM-CM, el Informe Nº 086-2024-ACH-OPPI-MDM sobre el Presupuesto Participativo de carácter Multianual 2025-2027; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modi fi cado por Ley Nº 30305, señaló que: “Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”, concordante con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.”; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º regula respecto a la autonomía de gobierno, que: “La autonomía es el derecho y/o capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en a fi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas”; El artículo 40º de la Ley Nº 27972, de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que: “Las Ordenanzas de la Municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios