Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (19/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Viernes 19 de abril de 2024 El Peruano / 3.3. La EMPRESA está obligado a presentar a PROMPERÚ el Reporte de ventas - Plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, de acuerdo con el Cronograma anual para la presentación del reporte de ventas - Plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, a través del formulario virtual cuyo hipervínculo se encuentra publicado en dicho cronograma. El precitado cronograma será publicado a más tardar en el mes de novie mbre del año previo a su entrada en vigencia y será difundido por PROMPERÚ a través de la página web institucional www.promperu.gob.pe y otros medios de difusión que considere pertinente. La EMPRESA , deberá absolver las consultas adicionales que realice PROMPERÚ con respecto a la información reportada, en caso fuera necesario. 3.4. La EMPRESA , ante cualquier modi fi cación de sus datos generales y/o de contacto o, de ser el caso, en la cali fi cación, clasi fi cación o categorización que ostenta, o en sus permisos de operación, se encuentra obligado a presentar una nueva Solicitud de inscripció n en la Plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, adjuntando la documentación pertinente. En estos casos, el plazo para informar a PROMPERÚ , no será mayor a quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de su ocurrencia. 3.5. La EMPRESA es la única responsable por la adecuada prestación del servicio de acuerdo con la descripción ofrecida a través de la PLATAFORMA Digital y los acuerdos contractuales que devengan de dicha oferta. En ese sentido, las quejas y/o reclamos respecto del servicio contratado corresponderán ser registrados en el Libro de Reclamaciones de la EMPRESA . PROMPERÚ , a través de su PLATAFORMA actúa únicamente como intermediario entre el usuario fi nal y la EMPRESA , por lo que no tiene responsabilidad ante el incumplimiento de las condiciones pactadas. 3.6. Las fotografías podrán ser utilizadas del banco de imágenes de PROMPERÚ (https://andendecontenidos.promperu.gob.pe/) o podrán s er de propiedad y/o autoría del empresario. En caso las fotografías sean propias del empresario, éste tendrá que llenar una declar ación jurada que estará en el formulario de Solicitud de publicación de oferta de servicio en la Plataforma digital Y TÚ QUÉ.PLANES, ubicado en el siguiente link de acceso: https://bit.ly/OfertasYTQP. CLÁUSULA CUARTA: PUBLICACIÓN DE OFERTAS 4.1. La Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ permitirá a la EMPRESA hacer uso de la PLATAFORMA para la publicación de sus ofertas de servicio, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Carta de Servicios de PROMPERÚ . 4.2. PROMPERÚ se reserva el derecho de NO publicar las ofertas recibidas, en los casos señalados en el punto tres (3) de las “Condiciones de Prestación del Servicio” contenidas en el Servicio Nº 6: Publicación de oferta de servicio turístico y complementario en la Pla taforma digital Y TÚ QUÉ PLANES de la Carta de Servicios de PROMPERÚ , y en los demás casos que PROMPERÚ así lo determine. 4.3. La recepción de las solicitudes de publicación por parte de PROMPERÚ , se dará de acuerdo con lo señalado en el Cronograma anual para la recepción y publicación de ofertas de servicios en la plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, el cual será publicado a más tarda r en el mes de noviembre del año previo a su entrada en vigencia y será difundido por PROMPERÚ a través de la página web institucional www. promperu.gob.pe y otros medios de difusión que considere pertinente. 4.4. La EMPRESA podrá solicitar la modi fi cación de su(s) oferta(s) publicada(s), siempre y cuando estas sirvan para precisar el contenido o entendimiento de dicha(s) oferta(s); asimismo, podrá solicitar el retiro o reemplazo de su(s) oferta(s) de servicio de la PLATAFORMA , cuando el destino propuesto este afectado por desastres naturales o presente condiciones que pongan en peligro o riesgo la segu ridad del turista, en cualquier otra situación únicamente se podrá solicitar el retiro de la(s) oferta(s). En todos los casos, deberá rem itir su solicitud vía correo electrónico a la dirección ytuqueplanes@promperu.gob.pe. 4.5. La EMPRESA deberá mantener y otorgar las mismas condiciones de la(s) oferta(s) publicada(s) en la PLATAFORMA al potencial cliente, en caso que este la contacte directamente indicando como referencia la oferta publicada en la PLATAFORMA, sin importar su método de pago , o, si es derivado desde la PLATAFORMA para realizar el pago en línea a través del link de la EMPRESA . 4.6. Igualmente, PROMPERÚ se reserva el derecho a retirar de la PLATAFORMA en cualquier momento y sin necesidad de preaviso la oferta de servicio de aquella EMPRESA que incumpla las presentes condiciones generales o las condiciones particulares que resulten de aplicación, y en los demás casos que PROMPERÚ así lo determine. CLÁUSULA QUINTA: LOS SERVICIOS OFRECIDOS E INDEMNIDAD5.1. LA EMPRESA decide hacer uso de la PLATAFORMA para la publicación de sus ofertas de servicio, declara que conoce y acepta los términos y condiciones que están contenidas en el presente documento, así como en la Carta de Servicios de PROMPERÚ . 5.2. La EMPRESA reconoce que es titular y responsable, único y exclusivo, por el contenido e idoneidad de cada una de las ofertas de servicio que solicita publicar en la PLATAFORMA . 5.3. La EMPRESA reconoce que PROMPERÚ es un mero facilitador de la publicación de sus ofertas de servicio, con el cual no guarda vinculación de ningún tipo; por lo que no interviene en lo absoluto en las coordinaciones, en ningún momento, para la formalización de la c ompra y/o adquisición, siendo ello una actividad de coordinación directa de la EMPRESA con cada uno de los potenciales clientes que lo contacta en virtud de la publicación realizada en la PLATAFORMA . 5.4. En vista a ello, PROMPERÚ no asumirá responsabilidad alguna, bajo ninguna circunstancia, por el daño o perjuicio, directo o indirecto, que se pueda generar y/o derivar por la información, parcial o total, incluida en la PLATAFORMA referida a exactitud, calidad o idoneidad del servicio ofrecido por la EMPRESA , la misma que será de exclusiva responsabilidad de la EMPRESA , por lo que ésta declara desde ya mantener, antelada e incondicionalmente, indemne a PROMPERÚ ante cualquier controversia que se suscite por estas situaciones. CLÁUSULA SEXTA: PROHIBICIÓN DE USO Y EXCLUSIÓN DE LA PLATAFORMA 6.1. PROMPERÚ prohibirá a la EMPRESA el uso de la PLATAFORMA para publicar sus ofertas de servicio en los siguientes supuestos: Supuesto: a) Incumplir con la presentación del Reporte de ventas - Plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, señalado en el numeral 3.3 de la cláusula tercera y no haber subsanado dicho incumplimiento dentro de los 15 días calendario siguientes al vencimiento del plazo de presentación para los reportes regulares. b) Incumplir con la presentación del Reporte de ventas - Plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES, señalado en el numeral 3.3 de la cláusula tercera y no haber subsanado dicho incumplimiento dentro de los 7 días calendario para los reportes ad hoc de campañas especí fi cas tales como semana santa, fi estas patrias, y similares.Acción de PROMPERÚ: Prohibición de uso de la PLATAFORMA por al menos seis (6) meses, contados a partir del día siguiente de su notifi cación. Para levantar la prohibición, además de cumplirse este plazo, será necesaria también la presentación de los reportes pendientes . Supuesto: c) Imposición de sanción en el Registro “Mira a quién le compras” de INDECOPI: Prohibición de uso de la PLATAFORMA por doce (12) meses, contados a partir del día siguiente de la fecha de emisión de la resolución de INDECOPI que establece la sanción (Debido a la naturaleza de sus servicios, esta causal no es de aplicación para las empresas de transporte regular de pasajeros) .Acción de PROMPERÚ:Prohibición de uso de la PLATAFORMA por doce (12) meses, contados a partir del día siguiente de su notifi cación.