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61 NORMAS LEGALES Jueves 1 de agosto de 2024 El Peruano / garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Décimo Cuarto . Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1007- 2024 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 24 de julio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, y señores Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de agosto de 2024, el funcionamiento de los siguientes Juzgados Penales Colegiados Transitorios, para el apoyo en la descarga procesal; de acuerdo al siguiente detalle: HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024 Corte Superior de Justicia de Arequipa • 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. • 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. Corte Superior de Justicia de Cusco • 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. • 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. Corte Superior de Justicia de Junín • Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Junín. Corte Superior de Justicia de Lima Este • Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este. Artículo Segundo.- Redistribuir los expedientes principales en trámite desde los Juzgados Penales Colegiados Conformados hacia los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este, conforme se detalla en el siguiente cuadro: Corte Superior de JusticiaDesde HaciaRedistribución de expedientes en trámite ArequipaJuzgado Penal Colegiado Conformado de Arequipa1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80Corte Superior de JusticiaDesde HaciaRedistribución de expedientes en trámite ArequipaJuzgado Penal Colegiado Conformado de Cerro Colorado2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80 CuscoJuzgado Penal Colegiado Conformado de Arequipa1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80 CuscoJuzgado Penal Colegiado Conformado de Cerro Colorado2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa80 JunínJuzgado Penal Colegiado Conformado de JunínJuzgado Penal Colegiado Transitorio de Junín80 Lima EsteJuzgado Penal Colegiado Conformado de Lima EsteJuzgado Penal Colegiado Transitorio de Lima Este80 Artículo Tercero.- Exhortar a los Administradores de los Módulos de Sanción de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este, a que la redistribución de expedientes en trámite se realice en observancia al numeral II del tercer considerando y artículo primero de la Resolución Administrativa N° 255-2018-CE-PJ; debiendo tenerse en cuenta, además, lo establecido en los incisos 1) y 2) del artículo 359 del Código Procesal Penal, a afecto de no afectar los procesos en curso. Artículo Cuarto.- Disponer que las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este exhorten a los magistrados que integran los Juzgados Penales Colegiados Conformados, para que mejoren su nivel resolutivo, con lo cual se estará evaluando la siguiente prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios que los apoyan. Artículo Quinto.- Disponer el cierre de turno de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este. Artículo Sexto.- Desestimar el pedido presentado por la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, en relación a la creación de un Juzgado Penal Colegiado y el apoyo por parte de los Juzgados Penales Unipersonales a cargo del PpR0086: “Mejora de los Servicios de Justicia en Materia Penal”. Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Octavo.- Facultar a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este a emitir las acciones correspondientes, a fi n de operativizar lo dispuesto precedentemente. Artículo Noveno.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Junín y Lima Este; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2311323-1