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55 NORMAS LEGALES Jueves 1 de agosto de 2024 El Peruano / y Presupuesto; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado de la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Presupuesto Público – SINAPLAN, aprobada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 021-2024/CEPLAN/PCD; la Guía para el Seguimiento y Evaluación de Políticas y Planes del SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0056-2024-CEPLAN/PCD; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; SE RESUELVE: Artículo 1.-. Delegación de facultades del Gerente General en el/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, la facultad de aprobar los Informes de Evaluación de la SUNAFIL, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Artículo 2.- Plazo de la delegación La delegación autorizada según el artículo 1 de la presente resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2024. Artículo 3.- Obligación de dar cuenta El/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informa periódicamente a la Gerencia General sobre la delegación autorizada en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS PASTOR MESTANZA Gerente General (e) 2311367-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad” Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000098-2024 -P-CE-PJ Lima, 25 de julio del 2024VISTO: El O fi cio N° 000279-2024-P-CPAJPVYJC-CS-PJ, cursado por la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad solicita lo siguiente: a) Autorizar la realización del “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”, que se llevará a cabo el 19 y 20 de setiembre del presente año, en la ciudad de Lima; y b) Autorizar la realización de una campaña de servicios en el marco del citado encuentro. Asimismo, mani fi esta que la referida actividad se desarrolla en coorganización de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad y el Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales de la Organización de Estados Americanos. Segundo. Que el objetivo del citado evento es fortalecer las capacidades de los asistentes a través de la capacitación y formación continua. Asimismo, crear espacios de trabajo e intercambio de experiencias y buenas prácticas desarrolladas por los coordinadores y/o responsables de los programas de los países participantes, promoviendo el acceso a la justicia en favor de las personas vulnerables y fomentar los lazos de colaboración regional. Tercero. Que la mencionada actividad se ejecuta en concordancia al Convenio Marco de Cooperación entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Poder Judicial de la República del Perú; así como las Reglas de Brasilia a las que se adhirió este Poder del Estado. Cuarto. Que los gastos que genere el referido evento estarán a cargo de los organizadores. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa número cero ochenta y seis guion dos mil diecinueve guion CE guion PJ, RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”, que se llevará a cabo el 19 y 20 de setiembre del año en curso, en la ciudad de Lima. Artículo Segundo.- Disponer la realización de una campaña de servicios en el marco del citado encuentro. Artículo Tercero.- La citada actividad se desarrolla en coorganización de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad y el Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales de la Organización de Estados Americanos. Artículo Cuarto.- Los gastos que genere el encuentro, estarán a cargo de los coorganizadores. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2311308-1