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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Domingo 1 de diciembre de 2024 El Peruano / CRISCOS organizado por la Universidad Nacional de Salta-Argentina, los días 14, 15, 16, 17 y 18 de octubre de 2024. Dicha Resolución de Decanato es concordante con el OFICIO N° 01022-2024-J-OCRI-UNA, del cual se denota, que la citada docente en la actualidad es Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de esta Universidad. Es de consideración mencionar, que obra en autos, la “Planilla y Autorización de Viaje”, de la cual se desprende la petición del otorgamiento de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/8,000.00) como concepto de bolsa de viaje; Que, respecto al egreso que demande la presente Resolución, se tiene el INFORME N° 2486-2024-UP-OPP-UNA-PUNO (09-10-2024) de la Unidad de Presupuesto, indicando que se cuenta con disponibilidad de marco presupuestal para el viaje con motivo de interés institucional, en la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales - O fi cina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por el monto S/. 8,000.00, el mismo que debe afectarse al centro de costo de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales., a fi rmación que es concordante con el INFORME N° 1990-2024-SP-UPM-OPP-UNA (09-10- 2024) de la Unidad de Planeamiento y Modernización; Que, el Artículo 58° de la Ley Universitaria, dispone que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad; por lo que, al presente caso se cuenta con el acuerdo adoptado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario Extraordinario del 14 de octubre del 2024, opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica contenida en la OPINIÓN LEGAL N° 856-2024-OAJ-UNA-PUNO; En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONCEDER, licencia con goce de haber a la Dra. HAYDEE CLADY TICONA ARAPA - Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales y Docente de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, del 14 al 18 de octubre del 2024, por haber participado en 49° ENCUENTRO DE COORDINADORES DE CRISCOS, organizado por la Universidad Nacional de Salta - ARGENTINA; en concordancia con la Resolución de Decanato N° 0759- 2024-D-FCEDUC-UNA. Artículo Segundo.- OTORGAR, una BOLSA DE VIAJE por el importe de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/ 8,000.00) a favor de la docente cuyo viaje se autoriza con el artículo precedente, con cargo a rendir cuenta documentada, en forma oportuna y con arreglo a ley. El egreso que demande la presente resolución será con cargo a la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales - O fi cina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- DISPONER, que la docente cuyo viaje es autorizado, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en cumplimiento estricto de los extremos del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y demás normativa aplicable al presente caso. Artículo Quinto.- PÓNGASE, a conocimiento la presente resolución a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Asesoría Jurídica, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y demás dependencias correspondientes de la entidad, para los fi nes pertinentes.Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2342047-1 Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para participar en evento que se realizará en Costa Rica UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3262-2024 -R-UNA Puno, 28 de noviembre del 2024VISTOS: El MEMORANDUM Nº 1258-2024-SG-UNA-PUNO (22-11-2024) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 20 de noviembre del año en curso, referido a autorizar el viaje a SAN JOSÉ DE COSTA RICA, a partir del 02 al 09 de diciembre del 2024; a favor de cinco docentes de la Escuela Profesional de Turismo - Facultad de Ciencias Sociales de esta Casa Superior de Estudios, para participar del XXIII Congreso IPRA-CINDER, en concordancia con la Resolución Decanal Nº 1153-2024-D-FCS-UNA- PUNO; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince