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58 NORMAS LEGALES Domingo 1 de diciembre de 2024 El Peruano / el desarrollo de sus funciones- adulterando información al órgano jurisdiccional y tergiversando el cumplimiento de las diligencias de noti fi cación. Por lo tanto, corresponde aprobar la propuesta de destitución, Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1374-2024 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con la ponencia del señor Cáceres Valencia. Por unanimidad, SE RESUELVE:Primero. Absolver al señor Juan Guillermo Ergueta Pacheco, por su desempeño como noti fi cador del Módulo Básico de Justicia de Jauja, Distrito Judicial de Junín, por el cargo a), respecto de los Expedientes judiciales Nº 025- 2018-LA, Nº 051-2017-FC, Nº 180-2013-CI, Nº 247-2016- FC, Nº 078-2016-LA, Nº 016-2018-CI; y, Nº 130-2009-FC. Segundo. Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Juan Guillermo Ergueta Pacheco, por su desempeño como noti fi cador del Módulo Básico de Justicia de Jauja, Distrito Judicial de Junín, por los hechos infractores cometidos en la tramitación de los Expedientes judiciales Nº 061-2018-CI, Nº 019-2018-0-LA, Nº 124-2018-FC, Nº 038-2017-FC, Nº 180-2013-FC, Nº 249-2013-FC, Nº 164-2013-CI, Nº 50-2010-CI, Nº 091-2016- CI, Nº 399-2012-FC, Nº 209-2016-CI, Nº 157-2016-FC, Nº 267-2016-FC, Nº 081-2016-PE, Nº 011-2016-CI, Nº 060-2018-CI, Nº 059-2018-CI, Nº 122-2017-CI, Nº 001-2014-FC, Nº 290-2017-CI, Nº 013-2014-LA, Nº 065-2013-LA, Nº 116-2006-FC, Nº 015-2018-LA y Nº 126-2018-CI ( cargo a), y los Expedientes Nº 126-2015-CI, Nº 295-2017-CI, Nº 129-2017-FC, Nº 276-2017-FC, Nº 286-2016-PE, Nº 270-2016-PE, Nº 159-2017-PE, Nº 298-2016-PE, Nº 147-2016-CI, Nº 201-2012-CI, Nº 48-2017-PE, Nº 168-2014-FC, Nº 350-2017-FC, Nº 172-2016-FC, Nº 310-2017-FC, Nº 108-2017-CI, Nº 254-2017-FC, Nº 132-2017-FC, Nº 279-2014-CI, Nº 305-2017-FC, Nº 365-2015-PE, Nº 028-2018-CI y Nº 090-2017-PE ( cargo b ). Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2349588-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional del Altiplano por su participación en evento realizado en Argentina UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2858-2024 -R-UNA Puno, 18 de octubre del 2024VISTOS: El MEMORANDUM N° 1080-2024-SG-UNA-PUNO (15-10-2024) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 14 de octubre del año en curso, referido a autorizar el viaje a la ciudad de SALTA - ARGENTINA, en Comisión de Servicio con Goce de haber, del 14 al 18 de octubre del 2024; a favor de la Dra. HAYDEE CLADY TICONA ARAPA - Jefe de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales y Docente de la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNA-Puno; para participar en 49° ENCUENTRO DE COORDINADORES DE CRISCOS organizado por la Universidad Nacional de Salta Argentina; CONSIDERANDO: Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del Artículo 212° del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario; Que, mediante la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 0759-2024-D-FCEDUC-UNA, la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN de esta Universidad, autoriza la licencia con goce de haber a la Dra. Haydee Clady Ticona Arapa, docente nombrada en la Categoría Principal a Dedicación Exclusiva de la Escuela Profesional de Educación Inicial de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano-Puno, por comisión de servicio para participar en 49° ENCUENTRO DE COORDINADORES DE