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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (04/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de diciembre de 2024 El Peruano / esto es, se encuentran bajo titularidad del Ministerio de la Producción; Que, mediante el Memorando N° 00001702-2024-PRODUCE/DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal que remite el Informe N° 00000146-2024-PRODUCE/DIGPA-mhuachua de la Dirección de Gestión Pesquera Artesanal, se sustenta la necesidad de emitir una resolución ministerial que modi fi que el artículo 3 de Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE, a efectos que el mismo autorice de manera expresa, al(a) Director(a) General de Pesca Artesanal para resolver convenios de gestión administrativa de infraestructuras pesqueras artesanales no transferidas, celebrados en el marco del modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE; además, informa que resulta necesario autorice de manera expresa, al(a) Director(a) General de Pesca Artesanal para realizar las acciones previas que resulten necesarias para tal fi n, así como, una vez producida la resolución o término de la vigencia de dichos Convenios, pueda recepcionar la correspondiente infraestructura, instalaciones y equipos conforme obra en el inventario y memoria descriptiva, incluyendo las mejoras efectuadas, previa liquidación; así como realizar las coordinaciones a efectos que la respectiva Organización Social de Pescadores Artesanales trans fi era, al Ministerio de la Producción, los saldos de las cuentas producto de su encargatura de la gestión administrativa de la infraestructura pesquera artesanal no transferida y, asumir, de manera inmediata, la posesión y la administración de dicha infraestructura pesquera artesanal no trasferida; Que, mediante el Informe N° 00000588-2024-PRODUCE/DGPARPA, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, hace suyo el Informe N° 00000676-2024-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento, en el que se concluye que corresponde la aprobación de una resolución ministerial en la que se modi fi que el artículo 3 de Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE conforme lo sustentado por la Dirección General de Pesca Artesanal; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE, que aprueba el modelo de “Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales entre el Ministerio de la Producción o el Gobierno Regional, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y la Organización Social de Pescadores Artesanales”, conforme al siguiente texto: “Artículo 3.- Autorizar al(a) Director(a) General de Pesca Artesanal, en lo que respecta a las infraestructuras pesqueras artesanales de titularidad del Ministerio de la Producción, a: 3.1. Suscribir Convenios, que se celebren de acuerdo al modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE. 3.2. Suscribir adendas de renovación de convenio en aquellos casos en los que se encuentre pendiente la selección de la Organización Social de Pescadores Artesanales que deberá hacerse cargo de la Administración de la Infraestructura Pesquera Artesanal, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.6 del literal B, de la cláusula cuarta del “Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales entre el Ministerio de la Producción o el Gobierno Regional, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y la Organización Social de Pescadores Artesanales”, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE. 3.3. Realizar las siguientes acciones, destinadas a dar cumplimiento a lo establecido en la Cláusula Octava del modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE: 3.3.1 Resolver los Convenios que se celebren o hayan celebrado de acuerdo al modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE; y las acciones previas que resulten necesarias para ello. 3.3.2 Una vez producida la resolución o término de la vigencia de los Convenios que se celebren o se hayan celebrado de acuerdo al modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, aprobado por Resolución Ministerial N° 110-2012-PRODUCE: a) Recepcionar la infraestructura, instalaciones y equipos de la infraestructura pesquera artesanal no transferida, conforme obra en el inventario y memoria descriptiva, incluyendo las mejoras efectuadas, previa liquidación. b) Realizar las coordinaciones correspondientes, a efectos que la Organización Social de Pescadores Artesanales trans fi era, al Ministerio de la Producción, los saldos de las cuentas, producto de su encargatura de la gestión administrativa de la infraestructura pesquera artesanal no transferida. c) Asumir de manera inmediata la posesión y la administración de dicha infraestructura pesquera artesanal no trasferida. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2350586-1 Autorizan Transferencias Financieras a favor del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Textil-Confecciones y del Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Cuero y Calzado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00476-2024- PRODUCE Lima, 3 de diciembre de 2024 VISTOS: El Memorando N° 00000697-2024-PRODUCE/ COMPRAS-A-MYPERU y el Informe N° 00000184-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ggiron del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, el Memorando N° 00001177-2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 00000297-2024-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto, y, el Informe N° 00001316-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante