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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (04/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 440-2024-MINEDU, se delega en el Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, por la que se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2024, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 440-2024-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 051-2016-MINEDU que aprueba los “Lineamientos para la Relación Intergubernamental entre el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales”. Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos para la articulación intergubernamental y territorial del Sector Educación”; los mismos que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA DEL PILAR GARCÍA DÍAZ Viceministra de Gestión Institucional 2350690-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de KALLPA GENERACION S.A. concesión temporal para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Sunny III” , los cuales se llevarán a cabo en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2024- MINEM/DM Lima, 26 de noviembre de 2024 VISTOS: El Expediente N° 26416524 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Sunny III”, presentada por la empresa KALLPA GENERACION S.A.; el Informe N° 891-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00709-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1149-2024-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, mediante documento ingresado con Registro N° 3835653, de fecha 18 de setiembre de 2024, complementado con el documento con Registro N° 3843996, de fecha 04 de octubre de 2024, la empresa KALLPA GENERACION S.A. presentó una solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Sunny III”, con una capacidad instalada de 356.4 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de la empresa KALLPA GENERACION S.A. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038- 2014-EM, y sus modi fi catorias, por lo que concluyen que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Sunny III”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014- EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa KALLPA GENERACION S.A., la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Sunny III” con una capacidad instalada de 356.4 MW, los cuales se llevarán a cabo en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 19: VÉRTICE ESTE NORTE 1 195886.9481 8151511.9462 2 196709.9396 8152063.3668 3 196686.2033 8151987.9256 4 196686.1711 8151917.0557 5 198083.7291 8150029.1530 6 198467.5807 8150028.7460 7 198677.9233 8150101.3883 8 198679.4262 8150371.7692 9 198819.9980 8150132.9199 10 198879.1125 8150120.1088 11 200002.3664 8148105.4792 12 197539.7392 8147593.5064