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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO VISTO:El Memorando Nº 579 2024-GM-/MDCLR de fecha 25 de noviembre del 2024, de la Gerencia Municipal, sobre Ordenanza de Bene fi cios Tributarios en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Decreto Supremo Nº 132-2024-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y asignación condicionada de recursos del Programa de incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2024 Tramo II. Que, mediante el Memorándum Nº 0002-2024-SGFT- GT/MDCLR-2024-SFT-GR/MDCLR de fecha 20 de noviembre del 2024, de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria detalla que viene realizando inspecciones a diferentes predios del distrito por cruce de información con nuestra base de datos y a solicitud de los propios contribuyentes, identi fi cando subvaluaciones en las construcciones declaradas, así como vecinos que se encuentran omisos a la presentación de la Declaración Jurada por motivos de fallecimiento, sucesión intestada, anticipo de herencia, compra venta y otros, siendo oportuno para estos casos que se pueda brindar bene fi cios tributarios que le permitan a los administrados contar con facilidades de pago para regularizar su situación tributaria. Que, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, habiendo tomado conocimiento de lo descrito en el párrafo precedente por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, elaboró el Informe Nº 164-2024-SGRRyEC-GR/MDCL de fecha 21 de noviembre del 2024, por medio del cual, presenta el proyecto de Ordenanza de Bene fi cios Tributarios, considerando el detalle de los saldos por cobrar sobre las deudas vencidas de los periodos comprendidos entre 1998 al 2024, señalando la importancia de establecer diferentes descuentos por periodos, que les permita a los vecinos cancelar sus tributos, regularizar sus construcciones y presentar su declaración jurada, actualizando la información actual del propietario; asimismo, sirva para continuar desplegando acciones para el logro del incremento en la recaudación municipal e incentivar el pago del Impuesto Predial 2024, a efectos de cumplir con el tramo dos (2) de la Meta Predial. Que, mediante Memorándum N° 293-2024-GR/ MDCLR de fecha 21 de noviembre del 2024. la Gerencia de Rentas señala que, es importante seguir implementando mecanismos que permitan disminuir la deuda pendiente por cobrar, brindando facilidades de pago al administrado, para que pueda cancelar sus obligaciones de naturaleza tributaria y al mismo tiempo, poder incentivar la regularización de la presentación de la declaración jurada del impuesto predial en casos de omisión, subvaluación y/o actualización de información. Que, constituye política de esta Entidad Municipal, brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones de naturaleza tributaria, así como incentivar el pago voluntario de los mismos. Que, según Memorando N° 1577-2024-MDCLR/ OPP de fecha 21 de noviembre del 2024, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba los Bene fi cios Tributarios en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Que, mediante Informe N° 401-2024-MDCLR/OAJ de fecha 25 de noviembre del 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al indicado proyecto de Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas por el artículo 9° y del artículo 40 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo Primero.- Objeto y Finalidad Establézcase en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, bene fi cios tributarios para los contribuyentes que, exclusivamente hayan cancelado o cancelen sus deudas tributarias del impuesto predial vencido del ejercicio 2024 durante el plazo de vigencia de la presente norma, consistente en la condonación del: a) 100% de intereses y reajustes, según corresponda de la deuda pendiente de pago del impuesto predial y arbitrios municipales 2024 (incluye cuotas de fraccionamientos de pago vencidas y las deudas generadas producto de una fi scalización). b) 100% de intereses y reajustes, según corresponda de las deudas por impuesto predial y los arbitrios municipales por todos los ejercicios anteriores al 2024 (incluye cuotas de fraccionamientos de pago vencidas y las deudas generadas producto de una fi scalización), siempre que el administrado se encuentre al día en sus pagos del impuesto predial del periodo 2024. c) 100% de condonación de gastos y costas procesales derivados de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva, correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias en el estado en el que se encuentre la deuda. d) 100% de condonación de las Multas Tributarias, siempre que el administrado regularice la presentación de la declaración jurada y pago en el caso de omisión y/o subvaluación dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza y considerando la siguiente escala: - 100% de descuento, siempre que el administrado presente la declaración jurada en forma voluntaria y realice el pago parcial o total de los tributos predial y/o arbitrios que se generen como diferencia. - 100% de descuento, siempre que el administrado presente la declaración jurada motivado por un requerimiento de fi scalización y realice el pago parcial o total de los tributos predial y/o arbitrios que se generen como diferencia. - 90% de descuento, siempre que el administrado haya presentado su declaración jurada con anterioridad a la presente norma y no se encuentre dentro del procedimiento de Ejecución Coactiva. - 80% de descuento si el pago se realiza dentro del procedimiento de Ejecución Coactiva. Artículo Segundo.- Régimen de incentivos de pago Es política de esta gestión edil incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, es por ello que los incentivos que se señalan a continuación se otorgarán siempre y cuando, el contribuyente acceda voluntariamente y cumpla con las precisiones señaladas en el Artículo Primero, es decir, se encuentre al día en sus pagos por el impuesto predial 2024, aplicándose descuentos al insoluto de los arbitrios municipales de años anteriores, bajo las siguientes condiciones: a) 40% de descuento en el insoluto de los arbitrios municipales de los periodos 2020 al 2023, para personas naturales (incluyendo las deudas en estado de coactivo). b) 90% de descuento en el insoluto de los arbitrios municipales de los periodos 1998 al 2019, para personas naturales (incluyendo las deudas en estado de coactivo). c) 30% de descuento en el insoluto de los arbitrios municipales de los periodos 2020 al 2023, para personas jurídicas (incluyendo las deudas en estado de coactivo). d) 90% de descuento en el insoluto de los arbitrios municipales de los periodos 1998 al 2019, para personas jurídicas (incluyendo las deudas en estado de coactivo).