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73 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Negrería, Negreada. A través de la danza se expresa la particular visión andina, que procesa y recrea elementos hispanos, frente a las condiciones a partir del siglo XVI. La vestimenta vistosa y colorida, la coreografía y la música, aun cuando con variantes en las distintas zonas del país, son muy originales y aún únicas en el conjunto de las danzas andinas”; Que, en el 2021, mediante Resolución Viceministerial N° 000166-2021-VMPCIC/MC, declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza los Negritos de Huánuco, de la provincia de Huánuco, en el departamento de Huánuco; en ella señala: “Que, la danza de los Negritos de Huánuco es una de las versiones más conocidas de este género en el país, erigiéndose por su esplendor visual y sus componentes, en un emblema de la tradición popular huanuqueña y de su compleja historia” y “las cuadrillas de Los Negritos de Huánuco tienen un papel protagónico en la Festividad del Niño Jesús, que se celebra en la ciudad de Huánuco entre el 24 de diciembre, víspera de la natividad y el 19 de enero”; Que, a través del Informe Legal N° 1148-2023-GRH/ GRAJ del 21 de diciembre del 2023, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, recomienda que el pedido sobre DECLARARTORIA DE INTERES TURISTICO REGIONAL LA FESTIVIDAD DE LOS NEGRITOS DE HUANUCO EN HONOR AL NIÑO JESUS DE LAS PROVINCIAS DE AMBO Y HUANUCO Y LA INSTITUCIONALIZACION DEL FESTIVAL DEL CHIN TATA CHIN”, sea elevado al Consejo Regional, por tener función normativa, y atención de la presente solicitud, a través de la emisión de una ordenanza regional, de ser el caso, por tratarse de un tema de carácter regional; Que, con O fi cio N° 000891-2024-GRH-GRDE/DRCET de fecha 31 de julio de 2024, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, solicita incorporación para la Institucionalización del Festival Chin Tata Chin Danza de los Negritos de Huánuco y las tradiciones Huanuqueñas, con la fi nalidad de proteger la autenticidad de la danza y festividad, promocionar y organizar espectáculos, actividades de recreación, turísticas de difusión de la identidad cultural y costumbres de Huánuco; Que, mediante O fi cio N° 609-2024-GRH-CR/SCR, de fecha 01 de octubre de 2024, el Secretario de Consejo Regional de Huánuco, remite documento a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, a fi n de que sea reevaluado conforme a las observaciones realizadas por los consejeros regionales; Que, con O fi cio N° 001308-2024-GRHGRDE/DRCET, de fecha 17 de octubre del 2024, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, solicita Declarar de Interés Turístico Regional la Festividad de los Negritos de Huánuco en Honor al Niño Jesús de la Región Huánuco e Institucionalizar el Festival de los Negritos de Huánuco como la Navidad más Grande del Mundo; Que, a través del Dictamen N° 010-2024-GRH/CR- CODE, de fecha 06 de noviembre de 2024, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Huánuco, concluye indicando que: La festividad representa el patrimonio inmaterial que se mantiene de generación en generación, así como los recursos turísticos alrededor de ella, la gastronomía regional entre la que destaca el “Locro de res o gallina” y el sector productivo. Este evento religioso y cultural constituye un importante atractivo turístico que viene concitando el interés de diversos turistas y la promoción de esta; Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 08 de noviembre de 2024, el Dictamen N° 010-2024-GRH/CR-CODE, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por MAYORÍA la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR, de Interés Turístico Regional la Festividad de los Negritos de Huánuco en Honor al Niño Jesús de la Región Huánuco. Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR, el Festival de los Negritos de Huánuco como la Navidad más Grande del Mundo, la misma que deberá realizarse el tercer domingo de enero de cada año. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Huánuco, para que a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - DIRCETUR, implemente un plan Anual de Actividades Turísticas, con la fi nalidad de promocionar la festividad de los negritos de Huánuco en Honor al Niño Jesús de la Región Huánuco. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Gobierno Regional Huánuco, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 29 días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro. CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 2 días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2350712-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Modifican la Ordenanza Regional Nº 018- 2011-GR.LAMB./CR, que constituye el Consejo Regional de la Juventud COREJU - LAMBAYEQUE del Gobierno Regional de Lambayeque SEDE CENTRAL CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 000007-2024-GR. LAMB/CR [515325300 - 18] Chiclayo, 30 de julio de 2024 El Gobernador Regional del Gobierno Regional Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de mayo