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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Lima, conforme se detalla en el anexo, que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 4.- APROBAR la modi fi cación de nueve (9) procedimientos administrativos con sus correspondientes requisitos y derechos de tramitación, que se encuentran a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme se detalla en el anexo, que forman parte integrante de la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera .- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Segunda.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano: www.gob.pe. Tercera.- Encargar a la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas, a través de su unidad orgánica competente, actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTOAl promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los veintiocho días de noviembre de dos mil veinticuatro. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2350622-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 749-2024-MDEA que estableció beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2024- MDEA El Agustino, 29 de noviembre del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTOS: El informe Nº1597-2024-SGRFT-GATR- MDEA, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el informe Nº439-2024-GATR/ MDEA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el informe Nº644-2024-OGAJ-MDEA, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, los memorándums Nº2792 y Nº2794-2024-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº749-2024-MDEA, que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de El Agustino; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades provinciales y distritales son “Los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 749-2023-MDEA, se aprobó los bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino, facultándose al señor alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la mencionada ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia de acuerdo a sus atribuciones, conforme lo indica la Tercera Disposición Final de la referida ordenanza; Que, a través del informe Nº 439-2024-GATR/MDEA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, solicita la prórroga de bene fi cios tributarios y no tributarios, desde el 01 al 31 de diciembre del presente año, con la fi nalidad de disminuir la morosidad y propiciar la estabilidad tributaria para la atención de los servicios públicos, siendo necesario seguir con algunos lineamientos estratégicos de recaudación; Que, con informe Nº 644-2024-OGAJ-MDEA, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, es de opinión favorable a la expedición de un decreto de alcaldía como mecanismo idóneo para la declaración de prórroga de los bene fi cios tributarios y no tributarios, en las fechas propuestas; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6), del artículo 20, el artículo 39 y el 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1.- PRORROGAR, del 01 al 31 de diciembre del 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 749-2024-MDEA que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración y la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría y a la O fi cina General de Administración, disponer las acciones para su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional (www.mdea.gob.pe) de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 2349817-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO Ordenanza que aprueba beneficios tributarios en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2024- MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 29 de noviembre de 2024