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31 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / a) Sean trasladadas a un depósito temporal; o b) Sean trasladadas a un local temporalmente considerado zona primaria con canal de control asignado y la deuda tributaria aduanera y los recargos, de corresponder, se encuentren cancelados o garantizados y en el portal de la SUNAT se visualice “Salida autorizada”. (…) 5. Tratándose del inciso b) del numeral precedente, el despachador de aduana se apersona al funcionario aduanero designado en el terminal de carga aéreo, terminal portuario o en el CAF para el control de salida. (…) (…) 6. La mercancía que cuenta con levante es de libre disponibilidad y puede ser retirada del terminal de carga aéreo, terminal portuario, depósito temporal o CAF, según corresponda. El despachador de aduana realiza la rectifi cación de los datos del punto de llegada de la declaración, de corresponder. B. REGULARIZACIÓN DEL DESPACHO ANTICIPADO O URGENTE 1. El despacho anticipado se encuentra sujeto a regularización cuando: a) La unidad de medida asociada a la SPN declarada corresponda a peso o volumen o a una unidad comercial relacionada a peso o volumen. b) La SPN corresponda a mercancías de insumos químicos y bienes fi scalizados (IQBF). c) En la declaración se haya consignado como punto de llegada un depósito temporal. d) Se trate de declaraciones de la vía marítima con punto de llegada en un terminal portuario, que corresponda a carga consolidada y que tenga como receptor de la descarga al administrador o concesionario de las instalaciones portuarias. El despachador de aduana debe indicar en la transmisión de la numeración que esta es objeto de regularización; excepcionalmente, en el supuesto del inciso d) puede indicarlo en la transmisión de la regularización de las declaraciones. (…)3. El plazo para la regularización es de quince días calendario computado a partir del día siguiente del término de la descarga. La regularización no requiere la presentación de documentos. Tratándose de declaraciones con canal de control naranja o rojo, cuando el levante se produzca con posterioridad al vencimiento del plazo establecido en el párrafo anterior, el plazo de regularización es de tres días calendario siguientes a la fecha del levante. (…) 5. Cuando la mercancía es retirada del terminal portuario, terminal de carga aéreo o CAF y la declaración está sujeta a regularización, el despachador de aduana, en representación del importador, transmite la información de la carga utilizando las estructuras de transmisión de datos publicados en el portal de la SUNAT para la transmisión de los datos del IRM, de conformidad con el procedimiento general “Manifi esto de carga” DESPA-PG.09, dentro del plazo de regularización. (…) 9. De efectuarse la regularización fuera del plazo, el despachador de aduana debe acreditar el pago de la multa correspondiente transmitiendo el número de la liquidación de cobranza (tipo autoliquidación 0027) o del valor emitido por resolución de multa (tipo RM 65) para su validación por el sistema informático, salvo que exista suspensión del plazo con resultado procedente, en cuyo caso se transmite el número del expediente (código de trámite 1606) presentado ante la intendencia de aduana correspondiente. (…) IX. ANEXOS (…) Anexo II: Requisitos para despacho anticipado en zona primaria con autorización especial. (…) Anexo IV: Acta de constatación- zona primaria con autorización especial. Anexo V: Acta de constatación de medidas de seguridad - zona primaria con autorización especial. (…) ANEXO IV ACTA DE CONS TATACIÓN ZONA PRIMARIA CON AUTORIZACIÓN ESPECIAL Importador: Número de RUC: Dirección: Siendo las………………... del día…………….., el funcionario aduanero enc argado que suscribe, al apersonarse al local temporalmente considerado zona primaria en la direcció n consignada en la presente acta, ha verifi cado que éste no reúne los requisitos señalados en el Anexo II del proce dimiento general “Importación para el consumo” DESPA PG.01, según el siguiente detalle: 1. Dimensiones del almacén ( ) 2. Zona de reconocimiento físico: 2.1. Dimensiones ( ) 2.2. Señalización ( ) 3. Maquinaria, equipos y herramientas para manipuleo ( ) 4. Balanza ( )