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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / Otorgan a la empresa JGMF ASOCIADOS S.A.C. la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, en área que comprende todo el territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 737-2024-MTC/01.03 Lima, 11 de diciembre de 2024VISTO, el escrito de registro N° T-511087-2024, mediante el cual la empresa JGMF ASOCIADOS S.A.C., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modifi cado por la Ley N° 28737, defi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector”; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que “las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasifi cación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión”. Asimismo, indica que “El Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento”; Que, el artículo 53 del citado dispositivo legal, modifi cado por el artículo 1 de la Ley N° 28737, dispone que “En un mismo contrato de concesión el Ministerio otorgará el derecho a prestar todos los servicios públicos de telecomunicaciones”; Que, el artículo 121 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que “Los servicios portadores, fi nales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento, y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio”. El artículo 144 del mismo reglamento indica los requisitos que deben ser adjuntados a las solicitudes de otorgamiento de concesión; Que, el artículo 143 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que “El otorgamiento de la concesión única confi ere al solicitante la condición de concesionario para la ANEXO VALOR DE TASACION DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO “CADETE FAP GUILLERMO DEL CASTILL O PAREDES", UBICADO EN EL DISTRITO DE TARAPOTO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN. N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACION (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESASENCIO BARTRA VELA MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCÓDIGO: PM1G-AERTARAPOTO-PR-577AREA AFECTADA; 0.0025 ha.AFECTACION : Parcial del Inmueble 7 200,00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA AFECTADA TOTAL:Por el Norte : Colinda con la PE N° 11112113 (Jorge Chávez 85), mediante una línea recta (1-2) con una medida de 4.03 ml. Por el Este : Colinda con la Prolongación Jorge Chávez, mediante una línea recta (2-3) con una medida de 7.15 ml. Por el Sur : Colinda con la PE N° 11112115 (Jorge Chávez 87), mediante una línea recta (3-4) de 3.92 ml. Por el Oeste: Colinda con la PE Nº 11112114 (Jorge Chávez 86) mediante una línea recta (4-1) de 7.10 ml. COORDENADAS UTM DEL AREA AFECTADA TOTAL VERTICE LADODISTANCIA (m.)DATUM - WGS84 - 17 SUR ESTE (x) NORTE (y) 1 1-2 4.03 348699.7291 9279124.9556 2 2-3 7.15 348703.7372 9279125.35043 3-4 3.92 348700.9636 9279118.76024 4-1 7.10 348697.0599 9279118.3715 PARTIDAS REGISTRALES Nos.: 11112114 de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto.05005689 de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 08 de mayo de 2024 (Informe Técnico N° 004520-2024-Z.R.N°III-SEDE-MOYOBAMBA/UREG/CAT) por la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto.INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL Nº 023-2024-JYT , de fecha 15 de mayo de 2024. 2354227-1