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22 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifi ca que la empresa SANTINO ENERGÍA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modifi catorias, por lo que se concluye que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Parque Eólico Santino”; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modifi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa SANTINO ENERGÍA S.A.C., la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Parque Eólico Santino” con una capacidad instalada de 204 MW, los cuales se llevarán a cabo en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 18: VÉRTICE ESTE NORTE A1 438211.2300 8400757.4200 A2 443973.8800 8400594.1800 A3 441564.9000 8397606.2800 A4 440557.3400 8397471.1500 A5 438479.2200 8397434.1000 A6 437930.3000 8399995.0700 Artículo 3.- Disponer que la empresa SANTINO ENERGÍA S.A.C. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, la Resolución Directoral N° 046-2010- EM/ DGE y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente resolución, la empresa SANTINO ENERGÍA S.A.C. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fi el cumplimiento, esta Dirección ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario ofi cial El Peruano por cuenta de la empresa SANTINO ENERGÍA S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2354015-1 INTERIOR Designan Director del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA N° 222-2024-IN Lima, 17 de diciembre de 2024CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 12 del Decreto Ley N° 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, modifi cado por la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento defi nitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, el Consejo Directivo está a cargo de la Dirección de la Caja de Pensiones Militar Policial, el mismo que está conformado, entre otros, por dos directores designados por el Ministro del Interior; Que, asimismo, el referido artículo señala que los integrantes del Consejo Directivo, a excepción de los representantes de los pensionistas, no deben pertenecer al régimen del Decreto Ley N° 19846 ni al régimen de pensiones militar policial regulado por el Decreto Legislativo N° 1133; Que, de otro lado, el artículo 13 del Decreto Ley antes citado establece que los directores del Consejo Directivo son nombrados por resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes, para ejercer su mandato por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, mediante Resolución Suprema N° 126-2020- IN se designó a la señora Kirla Echegaray Alfaro como Directora del Consejo Directivo antes mencionado, en representación del Ministerio del Interior, designación ampliada por Resolución Suprema N° 289-2022-IN, por un periodo adicional de dos (2) años; Que, estando a lo propuesto por el Ministerio del Interior, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que hace referencia el considerando precedente y designar al nuevo Director del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial en representación de dicha entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Ley N° 21021, que crea la Caja de Pensiones Militar Policial; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora KIRLA ECHEGARAY ALFARO, como Directora del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo.2.- Designar al señor ERICK FERNANDO CASO GIRALDO como Director del Consejo Directivo de