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50 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / civil, previo visto bueno del jefe inmediato; excepto de los/ las servidores/as de con fi anza que no son de competencia de la O fi cina de Recursos Humanos. b) Celebrar convenios de colaboración interinstitucional u otros de cualquier otra índole, con entidades públicas o privadas, siempre que no irroguen gasto adicional al presupuesto institucional y/o que no impliquen transferencia de recursos, y cuyo objeto involucre las funciones de la O fi cina de Recursos Humanos. c) Representar a la ONP ante las diferentes entidades públicas y privadas, sobre temas de naturaleza laboral y previsional relacionados con sus servidores, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante tales entidades. d) Suscribir los Convenios de modalidades formativas, y demás acciones administrativas en el marco del Decreto Legislativo N° 1401 y su Reglamento. e) Suscribir los contratos y adendas con las Entidades Prestadoras de Salud, correspondientes a la prestación de servicios de seguridad social en salud para los servidores de la ONP. Artículo 6.- Aplicación de facultades en materia de contratación pública a los procesos de selección convocados bajo el Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento Precísase que las facultades delegadas en materia de contratación pública a las que se re fi eren los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente Resolución son aplicables a los procesos de selección convocados bajo el amparo del Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF que se encuentren en la etapa de ejecución contractual. Artículo 7.- Aplicación de facultades en materia de contratación pública a los procedimientos de selección que se convoquen para la adquisición de bienes, servicios u obras del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) cuando la ONP, actuando como Secretaría Técnica del FCR, sea la que asuma con sus propios recursos dichas contrataciones. Precísase que las facultades delegadas en materia de contratación pública a las que se re fi eren los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente Resolución son aplicables a los procedimientos de selección que se convoquen para la adquisición de bienes, servicios u obras del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) cuando la ONP, actuando como Secretaría Técnica del FCR, sea la que asuma con sus propios recursos dichas contrataciones. Artículo 8.- Designación de responsable para la suscripción de Constancias y Títulos de Bonos de Reconocimiento y su Acta de Emisión Desígnase a los/las siguientes servidores/as como responsables de la suscripción de las Constancias y Títulos de Bonos de Reconocimiento y su respectiva Acta de Emisión: a) Al/la Director/a General de Prestaciones como responsable de suscribir, conjuntamente con el/la Gerente/a General de acuerdo a la delegación efectuada en este documento, los Títulos Representativos de Bono de Reconocimiento y su respectiva Acta de Emisión, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 o norma que la modi fi que o sustituya. b) Al/la Director/a General de Prestaciones y al/ la Ejecutivo/a de Pago de Prestaciones de la Dirección de Prestaciones, como los/las responsables de suscribir conjuntamente las Constancias de Bono de Reconocimiento, así como su correspondiente Acta de Emisión, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 o norma que la modi fi que o sustituya. Artículo 9.- Obligación de informar Dispónese que los servidores a los cuales se delega las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución están obligados a dar cuenta en forma trimestral, respecto a las actuaciones derivadas de la delegación otorgada, correspondiendo la consolidación de la información a la Gerencia General.Artículo 10.- Noti fi cación Pónese en conocimiento la presente Resolución a los/ las servidores/as a los/las cuales se les delega facultades. Artículo 11.- Vigencia Establécese que la delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución Jefatural es para el presente Año Fiscal 2024. Artículo 12.- Publicación Dispónese a la O fi cina de Relaciones Institucionales la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe). Regístrese y comuníquese.VICTORHUGO MONTOYA CHÁVEZ Jefe de la ONP 2251032-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Jefe de Unidad de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000017-2024-SUNAFIL Lima, 8 de enero de 2024VISTOS: El Memorándum N° 003-2024-SUNAFIL/GG, de la Gerencia General; el Informe N° 009-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 009-2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, documentos de fecha 08 de enero de 2024, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el literal f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de con fi anza de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 288-2022-TR, reordenado por la Resolución de Gerencia General N° 304-2023-SUNAFIL, el puesto de Jefe de Unidad de la Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración, tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza; Que, mediante el documento de vistos, la Gerencia