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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2024 (09/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, resulta conveniente delegar funciones y competencias en los diversos órganos de la entidad, en el marco de lo dispuesto por el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y lo previsto en su nuevo Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos, del Jefe (e) de la O fi cina de Administración, del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284- 2022-SUNAFIL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Gerente General Delegar en el/la Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, para el Año Fiscal 2024, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. Delegación en materia normativa1.1.1 Aprobar normativa interna en el marco de los Sistemas Nacionales de Planeamiento Estratégico y de Presupuesto Público, que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante el Ejercicio Fiscal 2024. 1.2. Delegación en materia presupuestaria1.2.1 Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático, del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, a que se re fi ere el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo informe técnico de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. 1.2.2 Las demás atribuciones y facultades que corresponden al Titular de la entidad señaladas expresamente como delegables en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, así como en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. 1.3. Delegación en materia de Contrataciones del Estado 1.3.1 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales de obras. 1.3.2 Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. 1.3.3 Aprobar el Encargo a otra Entidad, dentro de los límites establecidos en el numeral 94.1 del artículo 94 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344- 2018-EF, y modi fi catorias.1.3.4 Determinar la selección del Árbitro, tanto en el arbitraje institucional como en el arbitraje ad-hoc, en el que participe la entidad. 1.3.5 Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de Acuerdo Conciliatorio considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación. Asimismo, se podrán considerar los riesgos que representa la controversia en el normal desarrollo de la ejecución contractual, incluyendo el de no ser factible de alcanzar la fi nalidad del contrato al no adoptarse un acuerdo conciliatorio; previo informe técnico del área usuaria, informe técnico del órgano encargado de las contrataciones, informe técnico de la Procuraduría Pública e informe legal. 1.4. Delegación en materia administrativa y gestión1.4.1 Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal PAP, así como sus modi fi caciones. 1.4.2 Aprobar y modi fi car directivas, manuales y/o procedimientos que regulen actos de administración interna, aprobación de documentos normativos e instrumentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico-normativos y metodológicos orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todos los órganos o unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, así como dejar sin efecto toda normativa interna o documento de gestión que se le oponga. 1.4.3 Suscribir, en representación de la SUNAFIL, los contratos de cesión de derechos patrimoniales de autor a favor de la entidad, previo visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica. 1.4.4 Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad, en el marco de la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal y sus modi fi catorias. 1.4.5 Suscribir y celebrar convenios de cooperación interinstitucional, así como disponer su modi fi cación, ampliación o resolución y adendas vinculados a la gestión, en representación de la SUNAFIL, con excepción de aquellos que por norma expresa deben ser suscritos por el Titular de la entidad. 1.4.6 Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas o privadas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de bienes muebles o inmuebles en los que sea parte la SUNAFIL. 1.4.7 Designar, dar por concluida y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales. 1.4.8 Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1510 Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, así como aprobar el Reporte: “Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias”. 1.4.9 Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios mensual, trimestral y semestral requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República, a propuesta de la O fi cina de Administración, disponiendo su remisión a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.4.10 Autorizar el uso del logo institucional, previo informe de la a Unidad Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 003-2008-PCM. 1.4.11 Resolver en última instancia los recursos administrativos interpuestos por los servidores civiles comprendidos en el régimen laboral de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 1057, a excepción de aquellos que sean de competencia exclusiva del Tribunal del Servicio Civil SERVIR. 1.4.12 Autorizar las comisiones de servicios, dentro del territorio nacional, del Presidente y Vocales del Tribunal de Fiscalización Laboral, del Jefe/a del Órgano de Control Institucional, de los Jefes/as de los Órganos de Línea y Órganos de Apoyo, de los Intendentes de los Órganos Desconcentrados, así como visar los Informes de Actividades de las comisiones de servicio que éstos presenten.