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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2024 (18/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2024 El Peruano / ÚLTIMO DÍGITO DE LA PLACA MES/AÑO 7 Agosto/20258 Septiembre/20259 Octubre/2025 (…)” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2253351-1 Aprueban modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 21 “Certificación de Aeronaves y Componentes de Aeronave”, que pasará a ser RAP 21 “Certificación de Aeronaves y Componentes de Aeronave” – Segunda Edición, Enmienda 3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1306-2023-MTC/12 Lima, 29 de diciembre de 2023VISTO: el Informe N° 0733-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pone en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, mediante Resolución Directoral N° 177-2018- MTC/12, del 16 de febrero de 2018, se aprobó el texto de la RAP 21 Nueva Edición, Enmienda 1; Que, mediante Resolución Directoral N° 716-2019- MTC/12, del 17 de setiembre de 2019, se modi fi có la citada RAP con la Enmienda 2; Que, dentro del proceso de elaboración normativa, mediante Resolución Directoral N° 1049-2023-MTC/12, del 31 de octubre de 2023, se aprobó la difusión del proyecto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 21 “Certi fi cación de Aeronaves y Componentes de Aeronave” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser Segunda Edición, Enmienda 3; Que, el texto del proyecto de modi fi cación de la citada RAP no ha recibido comentarios y cuenta con opiniones favorables de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitidas mediante Informe N° 0733-2023-MTC/12.08, Memorando N° 1857-2023-MTC/12.04, Memorando N° 1037-2023-MTC/12.07 y Memorando N° 2585-2023-MTC/12.00.03, respectivamente;De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 21 “Certi fi cación de Aeronaves y Componentes de Aeronave”, que pasará a ser RAP 21 “Certi fi cación de Aeronaves y Componentes de Aeronave” – Segunda Edición, Enmienda 3. Artículo 2.- Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 21, materia de modi fi cación. Artículo 3.- El texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 21 “Certi fi cación de Aeronaves y Componentes de Aeronave” – Segunda Edición, Enmienda 3, es publicado en la Plataforma digital única del Estado peruano (https://www.gob.pe/institucion/mtc/colecciones/193) Regístrese, comuníquese y publíquese.DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO GALLEGOS Director General de Aeronáutica Civil 2253444-1 Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de Radiodifusión Sonora en FM en la localidad de Socota, departamento de Cajamarca, serán otorgadas mediante Concurso Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0128-2024-MTC/28 Lima, 12 de enero de 2024CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el numeral 40.1 del artículo 40 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidades serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe Nº 0022-2024-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior a las frecuencias disponibles, razón por la cual las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIA DISPONIBLE Radiodifusión SonoraFM Socota Cajamarca 2 1 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y,