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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2024 (18/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2024 El Peruano / las cuentas bancarias son designados mediante resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa dicha facultad; Que, el Decreto Legislativo N° 1252-Decreto Legislativo crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley N° 27293, regula las facultades y atribuciones de los responsables del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Así, el artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01-Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, regula la aprobación del expediente técnico o documento equivalente; Que, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley N° 29849, que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el acceso al Régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) se realiza obligatoriamente mediante concurso público, efectuándose la conformación y designación de los Comités de Evaluación y Selección de Personal comprendidos en las Convocatorias de Concursos CAS, mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, igualmente, para la suscripción de Convenios con tesistas, así como la conformación y designación de Comités de Adquisiciones vinculados a Proyectos y/o sub proyectos de cualquier naturaleza y fuente de fi nanciamiento, resulta conveniente facilitar y agilizar su trámite de gestión interna, delegando las facultades para su suscripción a la Gerencia General y/o a la O fi cina de Administración del INAIGEM, según sea el caso; Que, el inciso j) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña-INAIGEM, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MINAM establece que la Presidencia Ejecutiva puede delegar en otros servidores las funciones que no sean privativas a su cargo; Que, en ese sentido, teniendo en consideración las normas citadas en los considerandos precedentes y a fi n de garantizar la oportunidad y e fi ciencia de los distintos procedimientos a cargo de la entidad, es conveniente delegar las facultades que no sean privativas de las funciones de la Presidencia Ejecutiva del INAIGEM; así como las facultades y atribuciones administrativas de gestión y resolución que no sean propias de dicho cargo, durante el Año Fiscal 2024; Con el visto de Gerencia General, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225-Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019- EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; en el Decreto Legislativo N° 1440-Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Decreto Legislativo N° 1438-Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; en la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolución Directoral N° 002- 2007-EF/77.15; en el Decreto Legislativo N° 1252-Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley N° 27293; y en la Ley N° 29849, que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Delegación de Facultades al Gerente General DELEGAR al Gerente General del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña-INAIGEM, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia de Representación:a) Representar a la entidad ante todo tipo de autoridades y/o dependencias administrativas. b) Representar al INAIGEM ante todo tipo de entidades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos administrativos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación en el ámbito de las funciones propias y de aquellas que hayan sido expresamente delegadas. c) Representar al INAIGEM ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria-SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del INAIGEM, incluido la actualización de datos y/o representantes legales en el Registro Único de Contribuyentes (RUC); así como la suscripción de documentos, solicitudes y/o cualquier tipo de formularios para la importación, bajo cualquier modalidad permitida por ley, de bienes en bene fi cio o para uso de la entidad, así como la suscripción de cartas de garantías nominales hasta por cualquier monto relacionado con la importación de bienes. 1.2. En materia Normativa:Suscribir directivas, circulares y/o manuales así como todo documento de carácter normativo que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución del año fi scal 2024, así como los que regulen actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, directivas, trámites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del INAIGEM. 1.3. En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones y supervisar periódicamente su ejecución en el marco de lo establecido en las disposiciones que aprueba el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE. b) Aprobar la estandarización de los bienes y servicios a ser contratados por la entidad. c) Emitir la aprobación que se requiere para que el comité de selección y/o el órgano encargado de las contrataciones, considere válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado y/o valor referencial de los procedimientos de selección que convoque la entidad. d) Designar a los miembros integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. e) Conformar y designar a los miembros de los Comités de Adquisiciones vinculados a proyectos y/o sub proyectos de cualquier naturaleza y fuente de fi nanciamiento en los que intervenga el INAIGEM. f) Autorizar la participación de expertos independientes para que apoyen a los comités de selección, cuando corresponda. g) Aprobación de Contrataciones Directas, correspondiente a los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225-Ley de Contrataciones del Estado. 1.4. En materia de Contratos y/o Convenios Interinstitucionales: a) Suscribir contratos, acuerdos y/o cartas de intención interinstitucional, que sean de interés de la entidad. b) Suscribir, modi fi car y/o resolver convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas. 1.5. En materia de Tesorería:Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora N° 1630. 1.6. En materia Administrativa:a) Aprobar el requerimiento de Contratación de Personal bajo el Régimen Especial de Contratación