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57 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2024 El Peruano / Sede Santiago de Chuco, ubicada en la Calle Bolognesi N° 1423 – Santiago de Chuco: • Juzgado Civil de Santiago de Chuco.Sede Tayabamba, ubicada en la Calle Alfonso Ugarte S/N, Patáz – Tayabamba: • Juzgado Mixto de Tayabamba.Sede de Huamachuco, ubicada en la Avenida 10 de julio, Jirón Julio Basurto – Huamachuco: • Juzgado Civil Permanente de Huamachuco.Sede Virú, ubicada en la Calle Libertad N° 120 – Virú: • Juzgado de Familia - Sub especialidad violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de Virú. Sede Sala Mixta - Huamachuco, ubicada en el Jirón San Martín N° 660 – Huamachuco: • Sala Mixta Descentralizada de Sánchez Carrión – Huamachuco. La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 19 de enero de 2024. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Nacional para la implementación de la Ley N° 30364, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2253814-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones sobre vacaciones de jueces, personal jurisdiccional y administrativo en el Año Judicial 2024 en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000024-2024-P-CSNJPE-PJ Lima, 15 de enero del 2024 ANTECEDENTES:I. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ de fecha 01 de diciembre de 2023, dispuso medidas respecto a las vacaciones en el año judicial 2024, para los magistrados y personal del Poder Judicial. II. El escrito de fecha 05 de enero de 2024 cursado por la presidenta del Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional y los O fi cios N° 001 y 002-2024-P-1°JPCN- CSNJPE/PJ de fechas 12 y 15 de enero de 2024, remitidos por el presidente del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, respecto del goce vacacional de cada Juzgado Colegiado. III. Mediante O fi cio N° 000073-2024-ADM-CSNJPE- PJ de fecha 15 de enero de 2024, la administradora de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN-, remite los récords de vacaciones de los magistrados que integran esta CSN. FUNDAMENTOS:1. Sobre las vacaciones en Año Judicial 2024: el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ, establece en su artículo segundo que “La Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada programará el rol de vacaciones de jueces, juezas y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad del servicio; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones emitidas al respecto”. 2. En este orden de ideas, estando a las atribuciones y facultades delegadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en mérito a que esta CSN tiene a su cargo los casos emblemáticos en materia de crimen organizado a nivel nacional y dada la especial complejidad de los mismos, corresponde a este despacho disponer las medidas pertinentes para el goce de las vacaciones de los jueces, personal jurisdiccional y administrativo de la CSN en el año judicial 2024. 3. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero.- DISPONER que las vacaciones de los jueces, personal jurisdiccional y administrativo en el Año Judicial 2024 en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, se desarrollarán de la siguiente manera: a) podrán programar vacaciones siempre que cuenten con el récord laboral exigido para el goce de las vacaciones en el presente año; b) la CSN como jurisdicción especializada competente para conocer casos complejos de crimen organizado, optará por la disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de hacer efectivas las vacaciones en un periodo mensual general 1. Las vacaciones podrán ejecutarse de la siguiente forma: 1.1. Conforme al periodo vacacional fi jado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de 30 días corridos: GRUPO PERIODO VACACIONAL GRUPO 1 01 de febrero al 01 de marzo de 2024 1.2. Sobre el periodo vacacional fi jado por la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada: corresponde a los órganos jurisdiccionales que se encuentren desarrollando juicios orales, apelación de sentencias y/o diligencias continuadas que tengan que realizarse inexorablemente en el periodo vacacional, programar las audiencias para evitar el quiebre de los juicios o incidencias y hacer efectivas sus vacaciones del 01 de febrero al 03 de marzo de 2024. a) En el caso de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales, de las Salas Penales Superiores