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40 NORMAS LEGALES Viernes 2 de febrero de 2024 El Peruano / los Cuerpos Colegiados de Solución de Controversias puedan sesionar y adoptar decisiones; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 03-2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 044-2020-OS/CD Modi fi car el artículo 8 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD, en los siguientes términos: “Artículo 8.- Funcionamiento de los Cuerpos Colegiados de Solución de Controversias 8.1 Los Cuerpos Colegiados de Solución de Controversias sesionan el número de veces que sea necesario, de acuerdo a la agenda previamente aprobada por su Presidente, a propuesta del respectivo Secretario Técnico Adjunto. 8.2 Para sesionar, requieren como mínimo la presencia de dos (2) de sus vocales, uno de los cuales debe ser necesariamente el Presidente. Si en la sesión no estuviese presente el Presidente del Cuerpo de Solución de Controversias o este tuviere causal de abstención o impedimento que le impide participar, antes del inicio de esta, los demás integrantes presentes del Cuerpo Colegiado de Solución de Controversias deben señalar quien actúa como Presidente para dicha sesión, lo cual debe constar en el Acta correspondiente. 8.3 Para adoptar sus decisiones, requieren el voto de dos (2) de sus vocales.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2258215-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 027-2024-SANIPES/PE San Isidro, 1 de febrero de 2024 VISTOS: El Informe N°106-2024-SANIPES/OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando N°039-2024-SANIPES/PE, de la Presidencia Ejecutiva; y, el Informe Nº 040-2024-SANIPES/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N°30063, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1402, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción (PRODUCE), encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la designación de los cargos de confi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o Titular de la Entidad correspondiente; Que, el inciso c) del artículo 7° de la Ley Nº 30063, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1402, establece que es función del Consejo Directivo “aprobar la designación de los funcionarios de con fi anza sobre la base de la propuesta alcanzada por el Presidente Ejecutivo”, asimismo el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE, dispone que “es función del Consejo Directivo aprobar la designación de los funcionarios de con fi anza sobre la base de la propuesta alcanzada por el/la Presidente Ejecutivo/a”; Que, mediante Informe N°106-2024-SANIPES/OA- URH, la Unidad de Recursos Humanos opina y concluye que, la propuesta de designación del profesional José Rosendo Bravo Castillo para el cargo de Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, resulta viable, al cumplirse con los requisitos previstos en la Ley N° 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°053-2022-PCM, así como, la Actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos vigente en la Entidad aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N°068-2023-SANIPES/PE; Que, mediante Memorando N°039-2024-SANIPES/ PE, la Presidencia Ejecutiva traslada a la O fi cina de Asesoría Jurídica, para solicitar la emisión de opinión legal y proyección de acto resolutivo, conforme al Informe N°006-2024-SANIPES/SECRETARÍA-CD, de la Secretaría del Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, que da cuenta sobre los acuerdos adoptados en la Centésima Vigésima Séptima (127°) Sesión Ordinaria del Consejo Directivo, entre los cuales, mediante Acuerdo N°458-S127NP-2024, se aprueba por unanimidad de los miembros del Consejo Directivo, la designación del Econ. José Rosendo Bravo Castillo, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; Que, mediante Informe N°040-2024-SANIPES/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable que, mediante el acto resolutivo de la Presidencia Ejecutiva, se designe al Econ. José Rosendo Bravo Castillo, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES; Que, el numeral y) del artículo 11° del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE, establece que es función de la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Con los vistos de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1402; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de