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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (09/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 9 de febrero de 2024 El Peruano / Que, con Memorando N° 00627-2023-ITP/DO, sustentado en el Informe N° 00017-2023-ITP/KZM-DO, ambos de fecha 10 de marzo de 2023, la Dirección de Operaciones elaboró el Informe de Diseño y Programación de Financiamiento para la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín, concluyendo que es viable; Que, mediante Memorando N° 00296-2023-ITP/ DEDFO de fecha 14 de junio de 2023, sustentado en el Informe N° 0005-2023-ITP/CUA-DEDFO del 24 de mayo de 2023, la DEDFO elaboró el Informe de Viabilidad Técnica y Financiera concluyendo que es viable la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín; Que, mediante Informe N° 0302-2023-ITP/OAJ de fecha 17 de julio de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal de ámbito nacional con sede en Lima; Que, en la Sesión Ordinaria N.° 005-2023-ITP/CD, llevada a cabo el 27 de octubre de 2023, el Consejo Directivo del ITP través del Acuerdo N° SO-019-005-2023-ITP/CD acordó aprobar la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cuero y Calzado en la región Junín, el cual estará adscrito al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica–CITE, Decreto Supremo n.° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal con el objetivo de promover el acceso a servicios de transferencia tecnológica; capacitación; investigación, desarrollo e innovación; difusión de información; y actividades de articulación que resulten en el fortalecimiento de las capacidades actuales de las unidades productivas del sector cuero y calzado, así como el desarrollo de nuevos conocimientos y tecnología con la fi nalidad de incrementar la competitividad del sector, con las siguientes características: a. DenominaciónUnidad Técnica cuero y calzado Junín b. Ámbito de acción Región Junín c. EspecializaciónCuero, calzado e industrias conexas, priorizando la cadena productiva del cuero y calzado d. UbicaciónSe localizará en el distrito de San Jerónimo de Tunán, provincia de Huancayo, departamento de JunínArtículo 2.- La Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín tiene las siguientes funciones: a. Desarrollar servicios de transferencia tecnológica, asistencia de capacitación y de difusión de la información que promuevan la mejora del diseño, la calidad, la incorporación de tecnología e incremento del valor agregado en los servicios, productos y procesos de las unidades productivas de la cadena productiva de cuero y calzado. b. Brindar servicios de diseño y desarrollo de productos, así como de procesamiento productivo para promover el incremento del valor agregado y la competitividad empresarial. c. Apoyar el emprendimiento favoreciendo la incubación o tutorización de nuevos proyectos empresariales. d. Promover la difusión y aplicación de normas.e. Promover la investigación, desarrollo e innovación con empresas u otras entidades de naturaleza jurídica pública y privada que permitan maximizar la aplicación de conocimientos generados por el CITE f. Realizar y difundir estudios en materia de tendencias: de tecnológica, de procesos productivos y de mercado, entre otros, que contribuyan a mejorar la competitividad de la cadena productiva. g. Desarrollar acciones de articulación con actores del sector público y privado con la fi nalidad de generar sinergias para el desarrollo de su cadena productiva. Artículo 3.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal en coordinación con la O fi cina de Administración y la Dirección de Operaciones, realicen las acciones pertinentes referidas a la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realicen las acciones y/o coordinaciones pertinentes referidas a los recursos para el funcionamiento de la Unidad Técnica Cuero y Calzado Junín. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente resolución en la Sede Digital (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 2260154-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Perth, Australia, con jurisdicción consular en todo el Estado de Western Australia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2024-RE Lima, 8 de febrero de 2024CONSIDERANDO:Que, el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE, señala que el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, conforme a las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término, sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios;