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89 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / Consejo Regional para la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana - Piura 2024 - 2027; Que, con Informe N° 01-2024/GRP-CORESEG-ST de fecha 19 de enero de 2024, el Responsable de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana solicita a la Secretaría del Consejo Regional se priorice la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana - Piura 2024 - 2027, vistos los requerimientos efectuados por la Comisión Especial Multipartidaria de Seguridad Ciudadana del Congreso de la República a través del O fi cio N° 374-2023-2024/ CEMSC/CR de fecha 03 de enero de 2024; y de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior a través del O fi cio N° 0087-2024-IN-VSP- DGSC de fecha 18 de enero de 2024; Que, con Informe Nº 192-2024/GRP-460000 de fecha 25 de enero de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para la aprobación de la presente Ordenanza Regional; Que, mediante Informe N° 07-2024/CR-EACCR de fecha 25 de enero de 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable para la aprobación de la Ordenanza Regional; y con Dictamen N° 01-2024/GRP-CR-CSYDN de fecha 26 de enero de 2024, recomienda al Pleno del Consejo Regional su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad de los presentes, en Sesión Extraordinaria Nº 03-2024, de fecha 30 de enero de 2024, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PIURA 2024 - 2027 Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027, validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) en Sesión Ordinaria N° 06 de fecha 29 de diciembre de 2023, conforme al artículo 19° inciso e) del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley N° 27933, y cuyo documento tiene por misión proponer, formular y evaluar en forma concertada las políticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana, con enfoque preventivo en la Región Piura. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, adoptar las medidas necesarias para la implementación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027, presentando informe trimestral al Consejo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, comunique a la Secretaría del Consejo Regional sobre la realización de actividades y talleres que forman parte del Plan Regional aprobado, para la debida participación de los consejeros y consejeras regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 30 días del mes de enero del año dos mil veinticuatro. ANGLER PAZO JACINTO Consejero Delegado JAIME EDUARDO TAVARA ALVARADO SecretarioPOR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 05 días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional 2259788-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Jesús María, aprobado por Ordenanza N° 2213 ORDENANZA N° 2601 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 008-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA, APROBADO POR ORDENANZA N° 2213 Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del plano de zonifi cación del distrito de Jesús María, aprobado mediante Ordenanza N° 2213, publicada el 29 de diciembre de 2019 en el Diario O fi cial El Peruano, de Educación Superior Universitaria (E3) a Comercio Zonal (CZ) para el área de 1,732.51 m² constituido por el predio ubicado en la Av. Cuba Nº 301, del distrito de Jesús María provincia y departamento de Lima; solicitado por Inmobiliaria Las Leyendas S.A.C., a través del Expediente Nº 2022- 150056; conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Encargar a la Municipalidad Distrital de Jesús María que, previo al otorgamiento de la licencia de edi fi cación, solicite y vele que se cumplan las normas y requerimientos, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edi fi caciones - RNE, así como veri fi car la altura correspondiente de una futura edifi cación, teniendo en cuenta los anchos de las vías, el retiro normativo y la factibilidad de los servicios conforme a la demanda propuesta. Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar el cambio de zoni fi cación descrito en el artículo precedente en el plano de zoni fi cación de Jesús María, aprobado mediante Ordenanza N° 2213. Artículo 4.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo 6.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente