TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de julio de 2024 El Peruano / transferencias fi nancieras deberán aprobarse mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la que debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron dichos recursos; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud, las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, así como sus respectivas adendas, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante O fi cio Nº 476-2024-SIS-FISSAL/J, el Jefe (e) del FISSAL solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 12 030 530,00 (Doce millones treinta mil quinientos treinta y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, brindadas a los asegurados al SIS con cobertura FISSAL correspondiente al calendario junio 2024, conforme al detalle del Anexo Nº 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones de Salud”, del Anexo Nº 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones Administrativas (por expediente) de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional” y del Anexo Nº 3 “pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones Administrativas de Traslado de Paciente Oncológico Estable”; Que, la solicitud antes citada se encuentra sustentada en el Informe Conjunto Nº 016-2024-SIS-FISSAL/DIF-CRRM-AALL de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Informe Nº 040-2024-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL y el Informe Nº 089-2024-SIS-FISSAL/OAJ-JAVD de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; Que, mediante Memorando Nº 001254-2024- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario junio 2024; Que, a través del Informe Legal Nº 000356-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera que resulta viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras detalladas por el FISSAL en los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3 adjuntos al Ofi cio Nº 476-2024-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a los asegurados SIS con cobertura FISSAL; Con el visto del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 12 030 530,00 (DOCE MILLONES TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones de Salud”, del Anexo Nº 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones Administrativas (por expediente) de Procedimientos Especiales Tercerizados y Subcomponente Prestacional” y del Anexo Nº 3 “pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario Junio 2024 - Financiamiento de Prestaciones Administrativas de Traslado de Paciente Oncológico Estable”, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, en el marco de los Convenios y adendas suscritos. Artículo 2 .- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEON QUIROZ AVILES Jefe del Seguro Integral de Salud 2303187-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Oficializan la realización del IV Curso de Extensión para Universitarios denominado: “Gestión de Predios Estatales y su Impacto en el Desarrollo del País” RESOLUCIÓN N° 0035-2024/SBN San Isidro, 28 de junio de 2024 VISTOS: El Informe Nº 00114-2024/SBN-DNR de fecha 24 de junio del 2024 de la Dirección de Normas y Registro y el Informe N° 00175-2024/SBN-DNR-SDNC de fecha 19 de junio de 2024 de la Subdirección de Normas y Capacitación de la Dirección de Normas y Registro, y el Informe N° 00220-2024/SBN-OAJ de fecha 26 de junio del 2024 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y e fi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) como ente rector; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1401, Decreto Legislativo que aprueba