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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2024 (03/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de julio de 2024 El Peruano / mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario ofi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante el Informe N° 410-2024/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentada en los Informes N° 396-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y N° 067-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de la Unidad de Asesoría Legal, en el Memorando N° 1963-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe N° 496-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y en el Informe N° 548-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de la Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad Anónima - EPS MOYOBAMBA S.A., hasta por la suma de S/ 632 886,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la supervisión de la inversión tipo IOARR con CUI N° 2421412: “Remodelación de tubería de plástico HDPE; adquisición de válvulas de control, macromedidores y válvula reductora de presión; en el (la) EPS Moyobamba SRL con la sectorización en la localidad Moyobamba, distrito de Moyobamba, provincia Moyobamba, departamento San Martín”; para lo cual señala que se ha suscrito el convenio correspondiente; Que, con el Memorándum N° 1089-2024-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N°449-2024-VIVIENDA/ OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 632 886,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS MOYOBAMBA S.A., para fi nanciar el componente supervisión de la inversión tipo IOARR con CUI N° 2421412, cuya ejecución de la inversión permitirá mejorar la calidad, ampliar la cobertura y promover el uso sostenible de los servicios de saneamiento de ámbito urbano, alcantarillado, a fi n de mejorar la calidad de vida de las poblaciones bene fi ciarias a nivel del departamento de San Martín; asimismo, señala que se cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Inversiones en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el Informe Técnico N° 229-2024/VIVIENDA/OGPP-OI; Que, mediante el Informe N° 534-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EPS MOYOBAMBA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 632 886,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS MOYOBAMBA S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 00009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS MOYOBAMBA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 632 886,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad Anónima - EPS MOYOBAMBA S.A., para fi nanciar la supervisión de la inversión tipo IOARR con CUI N° 2421412: “Remodelación de tubería de plástico HDPE; adquisición de válvulas de control, macromedidores y válvula reductora de presión; en el (la) EPS Moyobamba SRL con la sectorización en la localidad Moyobamba, distrito de Moyobamba, provincia Moyobamba, departamento San Martín”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la veri fi cación y seguimiento del avance físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2302919-1