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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2024 (03/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de julio de 2024 El Peruano / Artículo 2.- Horarios de atención de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano de la Plataforma MAC La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros establece los horarios de atención al público de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano - MAC de la Plataforma MAC a nivel nacional; lo cual es comunicado a las entidades participantes para su respectivo cumplimiento. La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros puede adaptar, modi fi car o diferenciar los horarios de atención al público de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – MAC de la Plataforma MAC a nivel nacional; considerando criterios de demanda, e fi ciencia y e fi cacia, condiciones técnicas, climáticas o socio culturales; entre otros, de los territorios donde operen. El personal de las entidades administradoras y participantes asignado en los turnos de apertura de los Centros MAC debe ingresar quince (15) minutos antes del horario de atención al público; ello también es aplicable para los casos de cambio de turno, de corresponder. El cumplimiento del horario de atención es de observancia obligatoria para todas las entidades administradoras y participantes de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – MAC de la Plataforma MAC; de acuerdo con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31687. Artículo 3.- Derogación Déjese sin efecto la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2023-PCM/SGP, que aprueba la Directiva N° 001-2023-PCM/SGP, Directiva que regula las disposiciones para el funcionamiento de los canales de atención presenciales y mixto de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC. Artículo 4.- Vigencia las Cláusulas de Adhesión Las Cláusulas de Adhesión para la incorporación de entidades públicas a la Plataforma MAC suscritas por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y que fueron noti fi cadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución, mantienen plena vigencia en todo lo que no se oponga a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 002-2024-PCM/SGP aprobada en el artículo 1 precedente. Artículo 5.- Publicación La presente Resolución es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GERALDINE ELIA DENISE MOUCHARD INFANTES Secretaria de Gestión Pública 2302983-1 CUL TURA Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000258-2024-MC San Borja, 2 de julio del 2024 VISTOS; el Informe Nº 000224-2024-OGRH-SG/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 000969-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial Nº 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de Cultura es considerado Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de Cultura, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los vistos de la Secretaría General, la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CLAUDIO FÉLIX POMA HERMOZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2303273-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director de la Estación Experimental Agraria Baños del Inca del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 106-2024-INIA Lima, 2 de julio de 2024VISTO: El Informe N° 00141-2024-MIDAGRI-INIA-GG/ OA de la O fi cina de Administración y sus antecedentes; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Baños del Inca - Cajamarca del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; por lo que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo considerado de con fi anza; Que, mediante Informe N° 0141-2024-MIDAGRI-INIA- GG/OA, la O fi cina de Administración remite el Informe N° 262-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OA/URH a través del cual, la Unidad de Recursos Humanos (URH), en el marco de sus competencias, realiza la evaluación de la propuesta de designación al cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria de Baños del Inca - Cajamarca del Instituto Nacional de Innovación Agraria