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27 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2024 El Peruano / VISTOS: El Memorando N° 1098-2024/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe N° 233-2024-MINEM/OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 712-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Krizia Julieth Pure Cárdenas como Jefa de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2308660-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2024- MINEM/DM Lima, 19 de julio de 2024VISTOS: El Informe N° 761-2024-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 013-2024/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 191-2024/MINEM-OGA- OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 691-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 518-2023-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas por la suma de S/ 746 487 710,00 (Setecientos cuarenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos diez y 00/100 soles), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, para realizar actividades de sensibilización y capacitación a los mineros en proceso de formalización, para la evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental de Formalización, así como para la revisión del cumplimiento de los requisitos en el Expediente Técnico en el que se solicita la autorización de inicio/reinicio de las actividades mineras, hasta por la suma de S/ 14 000 000,00 (Catorce millones y 00/100 Soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i) y ii); asimismo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Asimismo, los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31953, el MINEM y el Gobierno Regional de Tacna (en adelante, GORE Tacna), con fecha 14 de marzo de 2024, suscribieron el Convenio N° 024-2024-MINEM- DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral cuyo objeto es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al mencionado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE Tacna, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral, en el marco de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030; Que, los numerales 5.3 y 5.4 de la Cláusula Quinta del Convenio, prevé que, el Director Regional de Energía y Minas o unidad de organización que haga sus veces es responsable de la ejecución, coordinación y monitoreo del cumplimiento del Convenio establecido con el GORE Tacna; asimismo, la Dirección General de Formalización Minera designará a un profesional, quien será responsable del seguimiento y monitoreo de la ejecución del Convenio realizado por el GORE Tacna; Que, mediante la Cláusula Octava del citado Convenio de Cooperación, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a favor del GORE Tacna, por el monto de S/ 175 238,00 (Ciento setenta y cinco mil doscientos treinta y ocho con 00/100 soles), a fi n de que cubra los gastos requeridos en el Plan de Trabajo Anual de Formalización Minera 2024 del citado GORE, y cuyo uso se encuentre justi fi cado para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, según el detalle establecido en el convenio; Que, a través del Informe N° 761-2024-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, precisa que el GORE Tacna, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas presentó el citado plan de trabajo, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios y equipamiento informático (necesario para mantener actualizada la información del Sistema de Ventanilla Única) relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral que se vienen desarrollando durante el primer trimestre del año 2024, asimismo, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el año 2023;