Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2024 (20/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 20 de julio de 2024 El Peruano / vinculadas a las funciones especí fi cas que se le asigna al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, en el numeral 2 del artículo 7 de la Ley Nº 31075 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el marco de sus competencias compartidas y las disposiciones que establece la Ley Nº 27658, Ley de Modernización del Estado, surge la necesidad de ejecutar acciones conducentes a articular de manera más efectiva la participación de los programas, proyectos Especiales y, de corresponder, los organismos públicos adscritos del MIDAGRI en un determinado territorio, en aras de lograr una efectiva, oportuna y efi ciente prestación de los servicios que estos brindan, a fi n de mejorar la productividad y competitividad de los productores agrarios y el desarrollo de la agricultura familiar a nivel nacional, los que van a ser supervisados por la Dirección General de Gestión Territorial – DGGT en el marco de sus competencias; Que, en este contexto, mediante el Informe Nº 0018-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DAII, la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental de la Dirección General de Gestión Territorial propone la creación de las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional – OGAR MIDAGRI, que tienen por objeto reorientar e innovar la forma que a la fecha se viene llevando a cabo la articulación y coordinación para una efectiva y e fi ciente prestación de los servicios agrarios en cada espacio territorial, lo que también involucra la asistencia técnica y fortalecimientos de capacidades de los agricultores comuneros, autoridades locales y organizaciones sociales regionales, haciendo uso de la tecnología para el seguimiento en tiempo real del estado de avance de los proyectos y servicios que brinda el MIDAGRI, con lo cual se espera generar mayor empatía y fortalecer la presencia sectorial a nivel nacional; Que, del mismo modo, tienen como fi nalidad implementar las políticas públicas nacionales vinculadas al sector y la gestión pública agraria descentralizada en la provisión de los servicios públicos agrarios acercando el Estado a la población para lograr una mayor e fi ciencia del aparato estatal en la prestación de servicios en el territorio; así como fortalecer la gestión agraria descentralizada, el trabajo conjunto y articulado entre todas las dependencias y organismos, programas y proyectos que forman parte del Sector Agrario y Riego, optimizando los recursos del estado para lograr el desarrollo agrario y una mejora de la prestación de los servicios públicos a las personas, para alcanzar como resultado un mayor nivel de satisfacción del agricultor con el servicio agrario; Que, mediante el Memorando Nº 1461-2024-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto expresa conformidad y remite el Informe Nº 0393-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina de Presupuesto con la opinión favorable sobre la implementación de la propuesta; Que, mediante Informe Nº 0883-2024-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable aprobar, con Resolución Ministerial, la implementación progresiva de las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (OGAR-MIDAGRI), a nivel nacional; y, en consecuencia, derogar la Resolución Ministerial Nº 0069-2021-MIDAGRI, que aprobó los Centros de Atención del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (CAM – MIDAGRI), y además encargar a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental para que, en coordinación con la Dirección General de Gestión Territorial, proceda a ejecutar las acciones para el cierre de los Centros de Atención del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (CAM – MIDAGRI); Con la visación del Viceministro del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director General de la Dirección General de Gestión Territorial, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (dt), del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Implementación progresiva de las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (OGAR-MIDAGRI), a nivel nacional, a través de los cuales los organismos públicos adscritos, programas y proyectos del MIDAGRI, ubicados en el ámbito de un determinado espacio territorial, han de brindar los servicios de atención, asistencia técnica y capacitación, bajo una sola identidad sectorial, y de manera e fi ciente y oportuna a favor de los productores agrarios, gremios y demás actores sociales vinculados al sector. Artículo 2.- Actividades a desarrollar por los OGAR - MIDAGRI Las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional (OGAR-MIDAGRI) desarrollarán las siguientes actividades: 1. Brindar, a través de los organismos públicos adscritos, programas y proyectos especiales del MIDAGRI, ubicados en el ámbito de cada espacito territorial, la asesoría, capacitación y asistencia técnica especializada que requieran los productores agrarios de manera individual u organizada, gremios y demás actores sociales vinculados al sector, con la fi nalidad de promover el desarrollo de sus capacidades, con énfasis en el desarrollo de la agricultura familiar. 2. Poner a disposición de los productores agrarios el acceso a los servicios que brinda el MIDAGRI a través de todas sus dependencias y organismos, programas y proyectos especiales, haciendo uso de la tecnología y demás medios electrónicos. 3. Brindar apoyo y orientación a los ciudadanos con la fi nalidad de facilitar el acceso a los servicios y trámites a cargo del Sector Agrario y de Riego. 4. Promover el apoyo a las intervenciones que promuevan, en el marco de sus competencias, los organismos públicos adscritos, programas y proyectos especiales del MIDAGRI, de manera coordinada y articulada entre éstos, con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. 5. Difundir la realización de eventos, así como los demás aspectos relacionados con el Sector. 6. Gestionar, coordinar y realizar las demás acciones que disponga la Alta Dirección del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a fi n de contribuir con el logro de los objetivos del Sector, en su ámbito de competencia. Artículo 3.- Lineamientos La Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental – DAII de la Dirección General de Gestión Territorial – DGGT, elaborará los Lineamientos que resulten necesarios a fi n de orientar las actividades que son propias de las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional (OGAR - MIDAGRI), debiendo ser aprobada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Implementación Las O fi cinas de Gestión y Articulación Regional (OGAR-MIDAGRI), se implementan por la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental DAII de la Dirección General de Gestión Territorial – DGGT, unidad de organización responsable de conducir y supervisar sus actividades. Artículo 5.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 0069-2021-MIDAGRI, que aprueba los Centros de Atención del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (CAM – MIDAGRI).