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12 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2024 El Peruano / aprendidas sobre cómo se gestiona la migración en cada Estado, así como de acciones innovadoras para hacer frente a las causas estructurales que dan origen a la migración; e identi fi car posibles acciones de cooperación iberoamericana en materia de migración, aprovechando las características del espacio iberoamericano; Que, en el citado evento se abordarán temas que permitirán obtener insumos para la eventual programación de actividades de cooperación en el marco del III Plan de Acción Cuatrienal de la Cooperación Iberoamericana 2023-2026; y, considerar iniciativas colaborativas o complementarias entre los gobiernos y las organizaciones multilaterales para abordar la migración desde la acción institucional para mejorar la calidad de vida de las personas migrantes y de las comunidades de acogida; Que, en ese sentido, se estima importante la participación, en el referido evento, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fi n de dar debido seguimiento político y diplomático a los temas a tratar; Que, por cuestiones de itinerario, el citado funcionario diplomático viajará a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 31 de julio al 2 de agosto de 2024; Que, los gastos de hospedaje del citado funcionario diplomático serán cubiertos por los organizadores del “IV Foro Iberoamericano sobre Migración y Desarrollo”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 31 de julio al 2 de agosto de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos de hospedaje del citado funcionario diplomático serán cubiertos por los organizadores del “IV Foro Iberoamericano sobre Migración y Desarrollo”. Artículo 3.- Los demás gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (73) 0236258 Suscripción de instrumentos orientados a la protección de los peruanos en el exterior, y Código POI AOI00004500047 Impulsar la suscripción de esquemas en materia migratoria, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo clase económica (USD)30% Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Pedro Antonio Bravo Carranza1,391.12 111.00 2+1 333.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2310567-1 Designan Agregado a la Embajada del Perú en la República de Costa Rica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0584-2024-RE Lima, 30 de julio de 2024 VISTOS: La Hoja de Trámite (GAB) Nº 1291 del Despacho Ministerial, del 22 de julio de 2024; el Memorándum Nº OPP023222024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del 24 de julio de 2024; y, el Informe Técnico ORH-098-2024 contenido en el Memorándum Nº ORH018842024 de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 24 de julio de 2024; y, CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar Agregados a sus Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares y Representaciones Permanentes en el Exterior; Que, conforme al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante la Resolución Secretaría General Nº 0692- 2022-RE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 28 de octubre de 2022 -modi fi cado a través de las Resoluciones de Secretaría General Nº 0283-2024-RE y Nº 0461-2024-RE publicadas en el diario o fi cial el 14 de marzo de 2024 y el 4 de abril de 2024, respectivamente- el cargo estructural de “Agregado/a” -de clasi fi cación EC/SP-ES (Empleado de con fi anza/Servidor Público-Especialista)- corresponde a un servidor civil que, entre otros, realiza funciones especializadas relacionadas con actividades productivas del país como turismo, agricultura, entre otras, o actividades que tengan impacto para el desarrollo social del país, como son educación, salud, vivienda, etc., para impulsar la cooperación bilateral entre el Perú y el Estado receptor; Que, para el mejor cumplimiento de sus funciones, y con el propósito de fortalecer la articulación y coordinación con actores públicos en todos los niveles, así como de actores privados que desarrollan actividades vinculadas a la acción exterior, resulta necesario que la Embajada del Perú en la República de Costa Rica cuente con los servicios de un/a Agregado/a; Que, en ese contexto; y, en atención a lo instruido por el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores a través de la Hoja de Trámite (GAB) Nº 1291, la O fi cina General de Recursos Humanos en el Informe Técnico ORH-098-2024 adjunto al Memorándum Nº ORH018842024, de fecha 24 de julio de 2024, ha informado que el señor Carlos Miguel Reaño Balarezo cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la entidad para ocupar el puesto de “Agregado/a” en la Embajada del Perú en la República de Costa Rica. Asimismo, el citado órgano de apoyo ha manifestado mediante el informe técnico anexo al referido memorándum que, según lo comunicado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto con el Memorándum Nº OPP023222024, del 24 de julio de 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha asignado el presupuesto correspondiente al año fi scal 2024 para el pago de haberes del personal de