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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2024 (31/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2024 El Peruano / del cual su Dirección de Estandarización y Sistematización emite opinión favorable respecto de la viabilidad para la aprobación de los proyectos de Fichas de Homologación de “Detector de latidos fetales de sobremesa” y “Detector de latidos fetales portátil”; Con el visado de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva Nº 008-2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 164-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Fichas de Homologación de “Detector de latidos fetales de sobremesa” y “Detector de latidos fetales portátil”, cuyas características se encuentran detalladas en los Anexos que forman parte integrante de la presente resolución, conforme al siguiente detalle: Nº CÓDIGO CUBSO DESCRIPCIÓN DEL BIEN 1 42143120-00184518 Detector de latidos fetales de sobremesa 2 42143120-00184519 Detector de latidos fetales portátil Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicación de la presente resolución, las Fichas de Homologación aprobadas mediante el artículo 1, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2310656-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Directora Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 258-2024- VIVIENDA Lima, 30 de julio de 2024CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora VANIA GALIA FARIAS MONTERO, en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2310905-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Establecen lineamientos que faciliten el proceso de adecuación de las organizaciones de usuarios de agua a la Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0284-2024-ANA San Isidro, 27 de julio de 2024 VISTOS:El Informe Técnico N° 0041-2024-ANA-DOUA/JOMF de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua y el Informe Legal N° 0723-2024-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 15 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos, en su Sexta Disposición Complementaria prescribe que el Reglamento establece las disposiciones para la adecuación de los estatutos de las organizaciones de usuarios de agua, así como los plazos y otros que correspondan; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI se aprobó el Reglamento de la precitada Ley N° 31801, en el cual se estableció en su Primera Disposición Complementaria Final que las organizaciones de usuarios de agua deberán adecuarse al nuevo marco legal en un plazo de hasta ciento ochenta (180) días calendario, facultando a la Autoridad Nacional del Agua a emitir una Resolución Jefatural estableciendo los lineamientos para la adecuación;