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20 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2024 El Peruano / ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Formalizan Acuerdo que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modificado Versión 1” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000071-2024-OTASS-DE Lima, 30 de julio de 2024 VISTOS El Memorado N° 000091-2024-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo; el Informe Técnico N° 000047-2024-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 000216-2024-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000167-2024-OTASS-GG, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y sus modi fi catorias, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 055-2024-CEPLAN/PCD, CEPLAN aprueba la actualización de la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, en adelante la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el Capítulo I numeral 1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone entre otros, que para el planeamiento institucional, el titular de la entidad conforma y designa, a través del documento administrativo que corresponda, el Grupo de Trabajo bajo su liderazgo; en este grupo de trabajo participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el citado numeral de la Guía para el Planeamiento Institucional, agrega que es función de la Comisión de Planeamiento Estratégico, entre otros, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales - OEI, Acciones Estratégicas Institucionales - AEI y Actividades Operativas e Inversiones y validar el documento del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el Capítulo III numeral 2.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante Resolución Directoral N° 016-2019-OTASS/DE, de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS; Que, mediante Resolución Directoral N° 000204-2023-OTASS-DE de fecha 29 de diciembre de 2023, se aprueba: “Formalizar el Acuerdo N° 01 adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 040-2023 de fecha 29 de diciembre de 2023, del Consejo Directivo que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2024 del Pliego 207 - Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento”; Que, en el Acta N° 004-2024-OTASS/CPE de fecha 22 de julio de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, acuerda lo siguiente, “Primero: Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modi fi cado. Versión 1 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), Validado.”; Que, por su parte, el Capítulo I numeral 1 de la Guía para el Planeamiento Institucional dispone que el órgano de planeamiento de cada Pliego (en coordinación estrecha con su similar a nivel de cada Unidad Ejecutora) es responsable de brindar el soporte y asistencia técnica en la aplicación metodológica del planeamiento institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, conforme al literal a) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA - ROF del OTASS, son funciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional del OTASS; Que, dentro del marco de sus funciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP a través del Informe Técnico Nº 000047-2024-OTASS-OPP, remite el Anexo que contiene la primera modi fi cación del POI 2024 del OTASS denominado “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modi fi cado Versión 1”, pronunciándose favorablemente para su aprobación, señalando que las modi fi caciones se han efectuado con intervención del Equipo Técnico y validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, con asistencia técnica y asesoramiento de la OPP, previo análisis al seguimiento de la ejecución, de acuerdo a lo señalado en la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el citado Informe precisa además que: i) Las causales de modi fi cación del POI se enmarcan en ambas causales previstas en la Guía para el Planeamiento Institucional; y ii) Opina en forma favorable para la aprobación de la primera modi fi cación del POI 2024, en tal sentido, ha expedido el informe favorable en el marco de sus competencias; Que, el Capítulo III numeral 2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que “El POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual (…)”. Asimismo, el numeral 6 de la citada Guía, dispone que: “La programación multianual del POI, en adelante se denomina POI Multianual. La programación del primer año del POI Multianual se traduce en el POI a ejecutar en el primer año, en adelante se denomina POI Anual (…)”; Que, por su parte, el literal a) del artículo 8 del ROF del OTASS dispone que son funciones del Consejo Directivo: “Aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y lineamientos del Ente Rector”, a través de acuerdos; Que, en el marco de la normativa citada en el considerando precedente, mediante Acuerdo Nº 02 aprobado en Sesión Extraordinaria N° 010-2024 de fecha 25 de julio de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, acuerda “Aprobar el “Plan Operativo Institucional (POI)