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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2024 (31/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2024 El Peruano / ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00008-2024-OEFA/CD Lima, 30 de julio de 2024 VISTOS: El Informe N° 00060-2024-OEFA/DPEF elaborado en conjunto por las Direcciones de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de Evaluación Ambiental, de Supervisión Ambiental en Energía y Minas, de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas, de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios, de Fiscalización y Aplicación de Incentivos, la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental y la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas; el Informe N° 00167-2024- OEFA/OPP elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00191-2024-OEFA/OAJ elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización ambiental –a cargo de las diversas entidades del Estado– se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8° de la Ley del SINEFA establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo del OEFA; y, tiene entre sus principales funciones, la de aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, PLANEFA); Que, el Numeral 6.1 del Artículo 6° del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, establece que los PLANEFA son los instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA) programa las acciones a su cargo en materia de fi scalización ambiental a ser efectuadas durante el año fi scal; asimismo, señala que las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su PLANEFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, en ese marco, los Numerales 5.2 y 5.3 del Artículo 5° de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados mediante Resolución del Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD (en adelante, Lineamientos PLANEFA), disponen que el PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de las EFA que ejercen las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de plani fi cación y presupuesto; y, que las actividades plani fi cadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional (en adelante, el POI) durante el año anterior a su ejecución, a fi n de asegurar el fi nanciamiento de las acciones y metas programadas; Que, asimismo, el Artículo 8° de los Lineamientos establece que el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, como máximo hasta el día quince (15) del mes de marzo del año anterior a su ejecución; siendo que para el PLANEFA 2025, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 00003-2024-OEFA/CD, se ha establecido que el mismo se aprueba como máximo el 31 de julio de 2025; Que, en ese sentido, mediante los documentos de vistos, se sustenta la necesidad técnica y legal de aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con la fi nalidad de contribuir con la mejora en el cumplimiento de obligaciones ambientales fi scalizables; así como, la solución de los problemas identi fi cados de manera especí fi ca, según el área de in fl uencia de las actividades, entre otros; Que, mediante el Acuerdo N° 009-2024, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 011-2024 del 22 de julio de 2024, el Consejo Directivo del OEFA acordó por unanimidad aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; razón por la cual, resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución del Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Dirección de Evaluación Ambiental, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios, de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos, de la la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Coordinación de O fi cinas Desconcentradas, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental; la Resolución del Consejo Directivo N° 004- 2019-OEFA/CD, que aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales e) y n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como, en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.gob.pe/oefa) en el plazo de dos (2) días hábiles contado desde su emisión. Artículo 3°.- Disponer la publicación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www. gob.pe/oefa) en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde la emisión de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN EDGARDO NARCISO CHÁVEZ Presidente del Consejo Directivo 2310918-1