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27 NORMAS LEGALES Sábado 8 de junio de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Suprema N° 127-98-JUS, de fecha 05 de junio de 1998, se nombró a la señora abogada BLANCA VICTORIA VEGA MORALES como notaria del distrito de Lircay, provincia de Angaraes, distrito notarial de Huancavelica; Que, a través del O fi cio N° 052-2024-CNHVCA/D, el Colegio de Notarios de Huancavelica remite a la Presidencia del Consejo del Notariado los documentos relacionados a la renuncia al cargo de notaria presentada por la señora BLANCA VICTORIA VEGA MORALES, la misma que ha sido aceptada por la Junta General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Huancavelica de fecha 04 de abril de 2024, en la que también se acordó realizar el cierre de los registros de la notaria renunciante y designar al administrador del acervo documentario. Asimismo, remite las actas de cierre de los registros protocolares; Que, mediante Memorando Nº 254-2024-JUS/CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe N° 31-2024-JUS/CN/ST/REGISTRO, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título de la notaria BLANCA VICTORIA VEGA MORALES; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la resolución ministerial de cancelación de título de notaria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017JUS; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Cancelar, por causal de renuncia, el título de notaria del distrito de Lircay, provincia de Angaraes, distrito notarial de Huancavelica, otorgado a la señora BLANCA VICTORIA VEGA MORALES. Artículo 2 .- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Huancavelica y a la interesada, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2295797-1 Nombran notario del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0140-2024-JUS Lima, 6 de junio de 2024VISTOS, el Informe Nº 05-2024-JUS/CN/CP, de la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado; el Memorando Nº 260-2024-JUS/CN/ST, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 648-2024-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0003-2022- JUS, de fecha 04 de enero de 2022, se nombró al señor abogado KORI PAULETT SILVA como notario del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios; Que, el señor abogado KORI PAULETT SILVA presenta al Decano del Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios su renuncia al cargo de notario del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios, al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2023- CNCMD; Que, mediante O fi cio N° 0468-2024-CNCMD/D, de fecha 20 de mayo de 2024, el Decano del Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios comunica la renuncia del abogado KORI PAULETT SILVA a la plaza notarial del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios; Que, conforme consta de las actas del Jurado Califi cador del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios N° 001-2023-CNCMD, el señor abogado KORI PAULETT SILVA ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios; Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso del señor abogado KORI PAULETT SILVA, que ha resultado ganador de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con e fi cacia a partir del día siguiente de su juramentación e incorporación como notario del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049 y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS y normas conexas, el señor abogado KORI PAULETT SILVA ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, distrito notarial de Cusco y Madre de Dios; conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2023-CNCMD de fecha 24 de abril de 2024; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, dispone que concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o declaración de plazas desiertas por parte del jurado en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento del notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013- 2017-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;