Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (21/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2024 El Peruano / Artículo 2.- Conformación La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo está conformada por: a) Un/a representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, quien lo preside; b) Un/a representante del Ministerio de Salud; c) Un/a representante del Ministerio del Interior; d) Un/a representante del Ministerio de Defensa; e) Un/a representante del Ministerio de Educación; f) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; g) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; h) Un/a representante del Seguro Social de Salud;i) Un/a representante del Instituto Nacional de Rehabilitación. Artículo 3.- Funciones La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo tiene las funciones siguientes: - Identi fi car y proponer las actividades relevantes para ser incorporadas en la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el período 2024 – 2030. - Elaborar la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el período 2024 - 2030. - Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo emite un informe fi nal con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el Artículo 2 de la presente Resolución de Presidencia designan a sus representantes titulares y alternos mediante un documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica de la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Participación de otras entidades o personas La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras entidades públicas e instituciones privadas, nacionales o internacionales, organizaciones que conforman y/o representan a las personas con discapacidad; así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo está a cargo de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, para que proporcione asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Instalación La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo se instala en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 8.- Financiamiento Las entidades que conforman la Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Plazo de vigencia La Mesa de Trabajo Multisectorial en Tecnología de Apoyo tiene vigencia por un período de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, siendo prorrogable dicho plazo por un período adicional, de corresponder.Artículo 10.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Seguro Social de Salud, Instituto Nacional de Rehabilitación, Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2299877-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) DECRETO SUPREMO Nº 025-2024-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), formalizado mediante el intercambio de la Nota RE (MIN) 7-10-P/6 de 7 de febrero de 2024 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú y la Carta de 8 de abril de 2024 de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado Acuerdo; Estando al Informe (DGT-EPT) N° 11-2024; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la