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16 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2024 El Peruano / 2024; y, el O fi cio N° 001-1990-2021-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio civil que remite el Informe Técnico N° 002105-2021-SERVIR-GPGSC de 18 de octubre de 2021; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 25 establece que los Ministros de Estado orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; a la par de asumir la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno; Que, los numerales 5 y 8 del referido artículo 25 disponen que corresponde a los Ministros de Estado designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza; así como, expedir Resoluciones Ministeriales, respectivamente; Que, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, concordado con el artículo 2 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores ejerce sus funciones rectoras y posee competencia para el logro de los objetivos y metas del Estado en los ámbitos de la política exterior, las relaciones internacionales y la cooperación internacional; Que, el artículo 7, incisos a) y m) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, disponen, entre otras, que son funciones del Ministro de Relaciones Exteriores la de orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; así como, designar y remover a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio; Que, de acuerdo a lo informado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil en el Informe Técnico N° 002105-2021-SERVIR-GPGSC, “…3.3 en el Sector público, el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DPN, en sus secciones 3.1.1 y 3.1.12, contempla la posibilidad de designar personas en cargos ad honorem, habiendo previsto únicamente el caso de asesores de la alta dirección de Ministerio o Instituciones Públicas Descentralizadas (hoy organismos públicos descentralizados) a los cuales en ningún caso podría encargárseles funciones correspondiente a órganos de dirección, línea, apoyo o asesoramiento y, asimismo, a los miembros de las comisiones consultivas de los Ministerios.”; Que, asimismo, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el documento descrito en el considerando precedente, indica que “3.4 En Estricta observancia del principio de legalidad que rige la actuación de las entidades públicas, debe tenerse en cuenta que para designar a una persona en un cargo ad honorem, será indispensable que la naturaleza de dicho cargo haya sido previamente establecida de manera expresa por un instrumento normativo”; Que, en ese contexto, se ha considerado conveniente contar con una Asesora Ad Honorem en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, a fi n de cumplir de manera e fi ciente con las funciones conferidas al sector Relaciones Exteriores y al Ministerio; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Técnico ORH-079-2024, anexo al Memorándum N° ORH015702024, de fecha 14 de junio de 2024, ha informado que la señora Carmela Rosa De Orbegoso Russell cumple con los requisitos para ocupar el cargo de Asesora Ad Honorem en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el numeral 3.1.11 del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado con Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Carmela Rosa De Orbegoso Russell como Asesora Ad Honorem del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores. Artículo 2.- La O fi cina General de Recursos Humanos, dispondrá las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento de los dispuesto en la presente resolución ministerial, de acuerdo a lo señalado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2299234-1 Autorizan viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0499-2024-RE Lima, 20 de junio de 2024VISTOS:El Memorándum N° DGM009562024 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 7 de junio de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2424 del Despacho Viceministerial, de 10 de junio de 2024; la Hoja de Trámite (GAB) N° 1056 del Despacho Ministerial, de 6 de junio de 2024; el Memorándum Nº OPP019022024 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 17 de junio de 2024, que otorgó la certi fi cación presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP018712024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 17 de junio de 2024; CONSIDERANDO:Que, el Quincuagésimo Cuarto Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), bajo el lema “Integración y seguridad para el desarrollo sostenible de la región”, se llevará a cabo en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 26 al 28 de junio de 2024; Que, en la citada Asamblea General se debatirán y acordarán compromisos de los Estados Miembro de la OEA en los temas y ámbitos que forman parte del Sistema Interamericano, especialmente de los que se inscriben en el marco de sus pilares de trabajo: democracia, derechos humanos, seguridad multidimensional y desarrollo integral; Que, en el marco de dicho encuentro, se realizará la Primera Reunión Ministerial del Grupo de Revisión e Implementación de Cumbres (GRIC) de 2024, que tendrá como objetivo hacer seguimiento a los compromisos temáticos aprobados en la IX Cumbre de las Américas; Que, en la citada Asamblea General se llevará a cabo la elección de tres miembros al cargo de Juez de la Corte