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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (21/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2024 El Peruano / el cual -conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del TUO de la LPAG- constituye parte integrante de la presente Resolución y, por tanto, de su motivación. Conforme lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Resolución de Consejo Directivo Nº 85-2024-CD/ OSIPTEL que modi fi ca el Reglamento General de Infracciones y Sanciones aprobado mediante Resolución N° 87-2013-CD/OSIPTEL; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osiptel en su Sesión Nº 991/24. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución N° 84-2024-GG/OSIPTEL; y, en consecuencia, CONFIRMAR todos sus extremos. Artículo 2°.- DESESTIMAR la solicitud de nulidad contra la Resolución N° 84-2024-GG/OSIPTEL y la solicitud de archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador formulada por ENTEL PERÚ S.A. Artículo 3°.- Declarar que la presente Resolución agota la vía administrativa, no procediendo ningún recurso en esta vía. Artículo 4°.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para: (i) La noti fi cación de la presente Resolución y del Informe N° 142-OAJ/2024 a la empresa ENTEL PERÚ S.A. (ii) La publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. (iii) La publicación de la presente Resolución, del Informe N° 142-OAJ/2024 y la Resolución N° 84-2024-GG/OSIPTEL en el portal institucional del Osiptel; y, (iv) Poner en conocimiento de la presente Resolución a la O fi cina de Administración y Finanzas del Osiptel, para los fi nes respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente EjecutivoConsejo Directivo 1 Aprobado por Resolución N° 087-2013-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias. 2 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y modi fi catorias. 3 Publicado el 27 de enero de 2024 en el Diario O fi cial El Peruano. 4 Aprobada mediante Resolución N° 229-2021-CD/OSIPTEL. 5 Cabe indicar que, el cálculo con cada instrumento metodológico tiene los siguientes resultados: Norma incumplida Guía de Multas - 2019Metodología de Multas - 2021 Artículo 8 del TUO del Reglamento de Portabilidad150 UIT 5 619,9 UIT Artículo 8-A del TUO del Reglamento de Portabilidad126,7 UIT 112,4 UIT 2299201-1 Aprueban el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00221-2024-GG/OSIPTEL Lima,18 de junio de 2024 MATERIAAPROBACIÓN DEL MANUAL TÉCNICO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL USUARIO VISTOS: i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario; ii) El Informe N° 00052-DAPU/2024, que sustenta el proyecto al que se re fi ere el numeral precedente y recomienda su aprobación; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 333-2023-CD/OSIPTEL, este Organismo dispuso la aprobación del Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Calidad de Atención). Que, el artículo 10 del Reglamento de Calidad de Atención, establece que el Osiptel diseña e implementa el Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario, a través del cual las empresas operadoras con más 500 000 abonados a nivel nacional, realizan la entrega de los reportes y registros relacionados a su atención presencial, telefónica y digital. Asimismo, dispone que la entrega de dicha información se debe realizar en la forma y detalle establecido en el Manual Técnico que, para tal efecto, apruebe el Osiptel; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento de Calidad de Atención dispuso que la Gerencia General emita un Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario, en el cual se detalle la estructura de los campos de información de los reportes de información y de los registros de los canales de atención brindado por las empresas operadoras, así como las instrucciones para la entrega y recojo de información, que incluye los horarios y periodicidad, entre otra información que se considere necesaria; Que, el artículo 7° del Reglamento General del Osiptel, establece que toda decisión de este Organismo debe adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 00135-2024-GG/OSIPTEL, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 25 de abril de 2024, se dispuso la publicación para comentarios, en la página web del Osiptel, del “Proyecto de Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario”; Que, las empresas operadoras Telefónica del Perú S.A.A., América Móvil Perú S.A.C., Entel Perú S.A. y Viettel Perú S.A.C. presentaron sus comentarios al referido proyecto; Que, cumpliendo con las funciones y objetivos que corresponden al Osiptel, conforme al marco legal antes señalado, es pertinente aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso p) del artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 333-2023-CD/ OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de VISTOS, la Matriz de Comentarios y el Manual al que se re fi ere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: https://www.gob.pe/osiptel). Regístrese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General Gerencia General 2299374-1