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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2024 (01/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / que resulta fundamental su fortalecimiento, procurando la impartición de un servicio de justicia, oportuno, e fi ciente, predecible y transparente. Tercero. Que, el desarrollo de los principios y el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales del Poder Judicial, requieren coordinación permanente de la gestión con sus jueces y juezas; y claridad en la política institucional, presupuestos a partir de los cuales se han realizado los anteriores Congresos Nacionales de Jueces. En ese contexto, deviene en pertinente aprobar el XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, y dictar las medidas complementarias para su organización y el apoyo logístico necesario para dicho evento. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 280-2024 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de febrero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización del XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, que se llevará a cabo en la ciudad de Huánuco. Artículo Segundo.- Designar a la Comisión Organizadora del referido certamen, que estará integrada conforme se indica a continuación: - Señor Víctor Roberto Prado Saldarriaga, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, quien la presidirá. - Señor Jaime Gerónimo De la Cruz, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. - Señor Jaime Gómez Valverde, Gerente General del Poder Judicial. - Señora Patricia Violeta Pizarro Carrillo, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la República. - Señor Luis Alberto Mera Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. - Señor Pedro Miguel Angulo Arana, Jefe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial. - Señor Humberto Luis Cuno Cruz, Director del Centro de Investigaciones Judiciales. - Señor Guillermo Alfonso Casafranca García, Jefe de la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Tercero.- Establecer que en el XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, participen: - El señor Presidente del Poder Judicial. - Los señores Jueces titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República. - Los señores integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. - Los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país. - Un Juez Superior, un Juez Especializado o Mixto y un Juez de Paz Letrado de cada una de las Cortes Superiores, elegidos en Sala Plena y Junta de Jueces, respectivamente. - Un trabajador jurisdiccional de cada Corte Superior de Justicia, en calidad de invitado. Artículo Cuarto.- Disponer que la Comisión Organizadora del XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, contará con el apoyo de los siguientes funcionarios: - Freddy Díaz Castillo, Gerente de Administración y Finanzas del Poder Judicial.- Raquel Palomino Zárate, Gerenta de Imagen y Comunicaciones de la Gerencia General del Poder Judicial. - Armando Alfredo Ávalos Espichan, Subgerente del Canal de Información Judicial – Justicia TV. Artículo Quinto.- Encargar a la mencionada la Comisión Organizadora la de fi nición de la fecha, programa, metodología, ejes temáticos del XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial; así como la organización de toda actividad referida a su realización. Artículo Sexto.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia que son Unidades Ejecutoras, sufragarán los gastos de viaje, alojamiento, alimentación y otros de los jueces/zas y trabajador/a participantes de su jurisdicción; y la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, asumirá los referidos gastos de los jueces/zas y trabajador/a de las Cortes Superiores que no son Unidades Ejecutoras; así como de los jueces/zas de la Corte Suprema de Justicia de la República, integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y funcionarios/as participantes. Artículo Sétimo.- Notifi car la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Secretaría General y O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Centro de Investigaciones Judiciales; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2266164-1 Disponen medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Cajamarca, Loreto y Selva Central, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000063-2024-CE-PJ Lima, 29 de febrero del 2024VISTOS: El O fi cio Nº 000203-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N.° 010-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ; así como el O fi cio Nº 209-2024-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con vencimiento al 29 de febrero de 2024, y otros aspectos. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 411-2023-CE-PJ, de fecha 29 de setiembre de 2023, se dispuso ampliar el funcionamiento del 2° Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Sebastián, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, cuya sede de origen es el distrito de Canchis, provincia de Sicuani, a partir del 1 de octubre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024. Segundo. Que, mediante el inciso 4.1 del artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 503-2023-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2023, se dispuso, ampliar la itinerancia del Juzgado Mixto del distrito y provincia de Bolívar, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, hacia el distrito y provincia de Celendín, de la referida Corte Superior de Justicia, a partir del 1 de diciembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024.