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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2024 (01/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Prorrogan vigencia de los incentivos tributarios a favor de los contribuyentes establecidos en la Ordenanza N° 376-2024-MDC DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2024-MDC Cieneguilla, 27 de febrero de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS:El Informe Nº 062-2024-MDC/GATR, de fecha 26 de febrero de 2024, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 46-2024-MDC/GAJ, de fecha 27 de febrero de 2024, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 0148-2024-MDC/GM, de fecha 27 de febrero de 2024, de la Gerencia Municipal; respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 376-2024-MDC, que aprueba descuentos por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 376-2024-MDC, se aprobó descuentos por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, en cuyas disposiciones transitorias y fi nales faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o prórrogas que resulten necesarias para su adecuada aplicación; Que, mediante Informe N° 062-2024-MDC/GATR, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, propone prorrogar los bene fi cios tributarios de la Ordenanza N°376-2024-MDC, a efectos de continuar otorgando a los contribuyentes del distrito, las facilidades para el cumplimiento oportuno en el pago de sus obligaciones tributarias; Que, con Informe Legal Nº 46-2024-MDC/GAJ, luego del análisis de los actuados antes mencionados, opina que resulta viable la aporbación del proyecto de Decreto de Alcaldía,respecto a la prórroga de la Ordenaza Nº 376-2024-MDC que aprueba descuentos por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, conforme a los fundamentos normativos expuestos en el Informe Nº 062-2024-MDC/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; recomendando poner en conocimiento al titular de la entidad, teniéndose en cuenta que el Decreto de Alcaldía, se emite conforme a sus facultades, de conformidad con el Artículo 42° de la Ley N° 27972; Que, mediante Memorándum N° 0148-2024-MDC/ GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias: DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de marzo de 2024, la vigencia de los incentivos tributarios a favor de los contribuyentes, establecidos en la Ordenanza N° 376-2024-MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 2265891-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Convocan a la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2024-2026 DECRETO DE ALCALDÍA N° 03-2024-MDL Lince, 28 de febrero de 2024LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTO: El Informe Técnico N° 07-2024-MDL-GDH, de fecha 26 de febrero de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe N° 00102-2024-MDL-OGAJ, de fecha 27 de febrero de 2024, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre emisión de Decreto de Alcaldía para convocar a elecciones de representantes de la Sociedad Civil de Lince ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2024-2026, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que una de las atribuciones que tiene el Alcalde es la de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; Que, el artículo 42° de la citada ley, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;