TEXTO PAGINA: 56
56 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo de 2024, el funcionamiento de los siguientes Juzgados Penales Colegiados Transitorios para el apoyo en la descarga procesal: HASTA EL 31 DE MARZO DE 2024Corte Superior de Justicia de Junín- Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Junín. Corte Superior de Justicia de Lima Este- Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este. Corte Superior de Justicia de Lima Norte- Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte. Corte Superior de Justicia de Puente Piedra- Ventanilla - Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra-Ventanilla. HASTA EL 31 DE MAYO DE 2024Corte Superior de Justicia de Cusco- 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. - 2°Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. Artículo Segundo.- Redistribuir los expedientes principales en trámite de los Juzgados Penales Colegiados Conformados (Virtuales) a los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín, Lima Este y Puente Piedra Ventanilla, conforme se detalla en el siguiente cuadro: CSJ DEPENDENCIARedistribución de expedientes en trámite Cusco1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco60 Cusco2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco60 JunínJuzgado Penal Colegiado Transitorio de subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Junín20 Lima EsteJuzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este20 Lima NorteJuzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Norte0CSJ DEPENDENCIARedistribución de expedientes en trámite Puente Piedra-VentanillaJuzgado Penal Colegiado Transitorio de subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar Puente Piedra-Ventanilla20 Artículo Tercero.- Desactivar, a partir del 1 de marzo de 2024, el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa 00031-2024-CE-PJ de fecha 30 de enero de 2024. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto.- Facultar a las Presidencias de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia a disponer las acciones correspondientes, con la fi nalidad de operativizar la presente resolución. Artículo Sexto.- Exhortar a los Administradores de los Módulos de Sanción Penal a que la redistribución de expedientes en trámite, se realice en observancia al numeral II del tercer considerando y artículo primero de la Resolución Administrativa N° 255-2018-CE-PJ; debiendo tenerse en cuenta, además, lo establecido en los incisos 1) y 2) del artículo 359 del Código Procesal Penal, a afectos de no afectar los procesos en curso. Artículo Sétimo.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia del Callao, Cusco, Junín, Lima Este, Lima Norte, Puente Piedra-Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2266162-1 Autorizan la realización del XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, a realizarse en la ciudad de Huánuco Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000062-2024-CE-PJ Lima, 29 de febrero del 2024 VISTA: La propuesta de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para llevar a cabo el XIII Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial; y designación de la comisión organizadora. CONSIDERANDO: Primero. Que, de acuerdo al artículo 138 de la Constitución Política del Estado, el Poder Judicial ejerce la potestad de impartir justicia a través de sus órganos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes. En tal sentido, sus labores de impartición de justicia se realizan a través de las Salas Supremas, Salas Superiores, Juzgados Especializados y/o Mixtos, Juzgados de Paz Letrados y Juzgados de Paz. Segundo. Que, asimismo, conforme al artículo 139, inciso 2), de la Constitución Política del Estado, la independencia constituye un principio en el ejercicio de la función jurisdiccional; y a la vez un derecho, de manera