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40 NORMAS LEGALES Sábado 2 de marzo de 2024 El Peruano / Artículo 4.- Publicación El presente decreto supremo se publica en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Determinación y distribución del porcentaje de referencia, y del monto total de la transferencia fi nanciera para el año fi scal 2024 Hasta marzo de 2024, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, en coordinación con la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo, emite el informe sobre la distribución del monto autorizado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, para cada Gobierno Regional. El referido informe es remitido a la SUNAFIL para la emisión, dentro del mismo plazo, de la resolución de superintendencia que aprueba la distribución del monto autorizado y la resolución de superintendencia que aprueba la transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Regionales. Para la distribución del monto autorizado a transferir a los Gobiernos Regionales en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y para realizar la programación de metas físicas y fi nancieras se utiliza la “Guía de Programación Multianual y Formulación Anual del Presupuesto para Programas Presupuestales con articulación territorial” elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas, de aquellas actividades presupuestales con articulación territorial de los Programas Presupuestales 0103 “Fortalecimiento de las condiciones laborales” y 0116 “Mejoramiento de la empleabilidad e inserción laboral-PROEMPLEO”. En abril de 2024, la SUNAFIL determina el porcentaje de referencia anual aplicable a los recursos recaudados en el año fi scal 2023, a efectos de realizar las gestiones correspondientes para completar, de corresponder, la transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Regionales establecida en el artículo 7 de la Ley N° 30814. En el caso de que el monto asignado en la Ley de Presupuesto Público sea menor al porcentaje de referencia determinado, la SUNAFIL gestiona los recursos adicionales ante el Ministerio de Economía y Finanzas para dar cumplimiento al artículo 7 de la Ley N° 30814. Una vez asignados los recursos adicionales se emitirá el informe al que se re fi ere el numeral 6.1, siguiendo lo establecido en el numeral 6.2 de la presente norma a fi n de que la SUNAFIL emita la resolución de superintendencia que aprueba la distribución del monto autorizado y la resolución de superintendencia que aprueba la transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Regionales. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Plazo para la emisión de la resolución ministerial que establece criterios y/o variables para determinar el porcentaje de referencia. La resolución ministerial a la que se re fi ere el numeral 6.3 del artículo 6 del anexo del Decreto Supremo N° 020-2020-TR, es aprobada en el mes de marzo de 2024. DISPOS ICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Primer a.- Deroga ción de la Pri mera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 020-2020-TR Deroga r la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 020-2020-TR, Decreto Supremo que modi fi ca las Normas Complementarias para la Transferencia de Recursos Financieros de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) a los Gobiernos Regionales, en el marco del artículo 21 de la Ley Nº 29981, del artículo 7 de la Ley Nº 30814 y de la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019. Segund a.- Deroga ción del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2017-TR, aprueban el Reglamento del Sistema de Inspección del Trabajo Derogar el artículo 7 del Decreto Supremo N° 002- 2017-TR, aprueban el Reglamento del Sistema de Inspección del Trabajo. Tercer a.- Deroga ción de las Resoluciones Ministeriales N° 215-2021-TR y 175-2022-TR Derogar la Resolución Ministerial N° 215-2021-TR, que aprueba los Lineamientos, criterios y metodología para la distribución de los recursos fi nancieros a partir del año 2020 a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) a favor de los gobiernos regionales, en el marco de las Leyes N° 29981 y N° 30814; y la Resolución Ministerial 175-2022-TR, Aprobar el formato denominado “Matriz de Programación y Ejecución para el seguimiento periódico del cumplimiento de fi nes y metas de los recursos fi nancieros transferidos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) a los Gobiernos Regionales, en el marco de la Leyes N° 29981 y N° 30814”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al prim er día del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2266744-5 Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 031-2024-TR Lima, 1 de marzo de 2024CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial, Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la persona que asumirá dicho cargo; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor EDGAR AUBERTO QUISPE REMON, en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial, Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2266710-1