TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Sábado 2 de marzo de 2024 El Peruano / 2.24. Por consiguiente, al no haberse veri fi cado los agravios invocados por el señor recurrente, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral desestimar el recurso de apelación y, por tanto, con fi rmar la resolución venida en grado. 2.25. La noti fi cación del pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.10.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Neiser Paredes Díaz, personero legal titular de la organización política Partido Político Nacional Perú Libre; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00049-2024-JEE-CAJA/JNE, del 16 de febrero de 2024, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cajamarca, que aceptó la renuncia de don Luis Ángel Latorre Díaz como candidato al cargo de regidor de la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, por la citada organización política, en el marco del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Artículo incorporado por el artículo 7 de la Ley Nº 30673, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 20 de octubre de 2017. 2 Aprobado por la Resolución N. 0134-2023-JNE, publicada el 22 de agosto de 2023 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Aprobado con la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Publicada el 5 de febrero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 6 Pronunciamiento emitido con posterioridad a la aprobación y publicación de los reglamentos de aplicación a las EMC 2024. 7 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2266571-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 577-2024-MP-FN Lima, 29 de febrero de 2024VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 415 y 500-2024-MP-FN- PJFSLIMANOROESTE, remitidos por el abogado Jorge Veiga Reyes, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, mediante los cuales, entre otros, elevan la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma, del abogado César Augusto Casique Valles, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y a su designación en el Pool de Fiscales de Ventanilla, presentada el 31 de enero del presente año, en la mesa de partes de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada; por motivos estrictamente personales y familiares, informando que su último día de labores será el 31 de enero de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado César Augusto Casique Valles, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y su designación en el Pool de Fiscales de Ventanilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1072-2020-MP-FN, de fecha 30 de septiembre de 2020; con efectividad al 01 de febrero de 2024. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2266484-1 Nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 578 -2024-MP-FN Lima, 29 de febrero de 2024 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 82-2024-MP-FN-FEDCFP, cursado por la doctora Delia Milagros Espinoza Valenzuela, Fiscal Suprema Titular, designada en el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, mediante el cual solicita, entre otro, el destaque de Fiscales Adjuntos Provinciales en calidad de apoyo al Despacho a su cargo, con la fi nalidad de repotenciar sus grupos de trabajo, para la atención de los casos en trámite, formulando las propuestas respectivas. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia