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48 NORMAS LEGALES Sábado 2 de marzo de 2024 El Peruano / del enfoque de género en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas, programas, estrategias, proyectos, planes y servicios; estableciendo en su artículo 1 que los referidos Lineamientos son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2023- PCM, se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado por Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, estableciendo el Objetivo Nacional N° 1: “Alcanzar el pleno desarrollo de las capacidades de las personas, sin dejar a nadie atrás”, así como el Objetivo Especí fi co N° 1.5: “Garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión social de todas las personas: especialmente de las mujeres y los grupos vulnerables; así como el respeto y valoración a su diversidad cultural, étnica y de género”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 430- 2023-CG, de 20 de diciembre de 2023, se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2022-2024 de la Contraloría General de la República, ampliado al año 2026 (Modi fi cado), el cual contiene la Acción Estratégica Institucional (AEI) 04.07, denominada “Fortalecimiento de la cultura institucional con enfoque de género y de no discriminación de manera efectiva en la Contraloría”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 274- 2021-CG, de 23 de noviembre de 2021, se aprueba la Política de Igualdad de Género de la Contraloría General de la República, la cual tiene como objetivo promover la igualdad de género, valorando los derechos y oportunidades de mujeres y hombres en su diversidad, y establece cinco compromisos institucionales; Que, mediante Hoja Informativa N° 000022-2024- CG/POLDEH, la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, en el marco de sus competencias, sustenta la propuesta de modi fi cación de la Política de Igualdad de Género de la Contraloría General de la República, a fi n que ésta establezca de manera expresa objetivos y acciones estratégicas, y esté alineada a la normativa internacional y nacional en materia de igualdad de género; lo cual permitirá fortalecer las capacidades de la institución y los servicios de control gubernamental de una manera más efectiva y visible ante la ciudadanía; propuesta que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Capital Humano a través del Memorando N° 000214-2024-CG/GCH; Que, conforme a lo informado por la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, el Comité para la Igualdad de Género de la Contraloría General de la República, conformado a través de la Resolución de Contraloría N° 136-2019-CG, acordó en su sesión del 25 de enero de 2024, validar la propuesta de modi fi cación de la Política de Igualdad de Género de la Contraloría General de la República; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000222-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000204-2024-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que modi fi que la Política de Igualdad de Género de la Contraloría General de la República, sobre la base de la propuesta formulada por la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano de la Gerencia de Capital Humano, con la validación acordada por el Comité para la Igualdad de Género de la Contraloría General de la República; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Política de Igualdad de Género de la Contraloría General de la República, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Comunicación Corporativa la difusión institucional de la presente Resolución y su Anexo a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2266501-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Amplían los alcances de la Resolución Rectoral Nº 002583-2024-R/UNMSM a fin de encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos al Vicedecano Académico UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 003154-2024-R/UNMSM Lima, 28 de febrero del 2024Visto el Expediente Digital con Registro de Mesa de Partes General N° F0920-20240000025, sobre Ampliación de los alcances de Resolución Rectoral. CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Rectoral N° 002583- 2024-R/UNMSM de 21 de febrero de 2024, se rati fi có la Resolución Decanal N° 000213-2024-D-FCA/UNMSM de 08 de febrero de 2024 de la Facultad de Ciencias Administrativas, en los términos de autorizar el viaje en Comisión de Servicios del 03 al 07 de marzo de 2024 al Dr. AUGUSTO HIDALGO SÁNCHEZ, Decano con Código N° 0A0376 y al Abogado WILLIAM ERNESTO PRADO ORE, servidor administrativo permanente y Asesor Legal de dicha Facultad con Código N° 054992, para realizar una visita a la Universidad Marítima Internacional de Panamá-UMIP con la fi nalidad de entablar vínculos académicos y de amistad, que permitan la optimización de los objetivos de la Escuela Profesional de Administración Marítima y Portuaria; Que en la Resolución Rectoral N° 002583-2024-R/ UNMSM no se consideró la encargatura del Decanato de la Facultad de Ciencias Administrativas, por lo que corresponde ampliar los alcances de la mencionada Resolución, de conformidad con la Resolución Decanal N° 000213-2024-D-FCA/UNMSM; Que el artículo 212º inciso 212.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; Que mediante Resolución Rectoral N° 002734- 2024-R/UNMSM de 23 de febrero de 2024, se ha dispuesto encargar el Despacho Rectoral al Dr. CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, Vicerrector Académico de Pregrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, del 25 de febrero al 03 de marzo de 2024 y mientras dure la ausencia de la Titular; y,