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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2024 (09/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Sábado 9 de marzo de 2024 El Peruano / Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000220-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 28 de febrero de 2024, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Paisaje Arqueológico Quinta Freno - Pampa de Portachuelo, recaída en el Informe de Inspección N° 001-2024/JABR/PQÑ//MC de fecha 05 de febrero de 2024, para su atención; Que, mediante Informe Nº 000031-2024-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 05 de marzo de 2024, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Paisaje Arqueológico Quinta Freno - Pampa de Portachuelo; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000331-2023-VMPCIC- MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Quinta Freno - Pampa de Portachuelo, ubicado en el distrito de Quilmana, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo con los datos técnicos del Plano Perimétrico con código PPROV-018-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2024/JABR/PQÑ//MC de fecha 05 de febrero de 2024, elaborado por el especialista de la Secretaria Técnica Del Proyecto Qhapaq Ñan, así como en el Informe N° 000220-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC e Informe N° 000025-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y el plano perimétrico código PPROV-018-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Secretaría Técnica del Qhapaq Ñan, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xCoordinar con la Municipalidad Provincial de Cañete, La Municipalidad Distrital de Quilmaná y el Ministerio de Defensa, la paralización y/o cese de cualquier actividad que involucre la destrucción, remoción y/o alteración del paisaje arqueológico. Desmontaje: xCoordinar el desmontaje de cualquier estructura de carácter temporal o de señalización de obra que se encuentre al interior del Monumento Arqueológico Prehispánico..Señalización: xCoordinación entre la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la Municipalidad Distrital de Quilmaná, la Municipalidad Provincial de Cañete, la Comunidad Campesina de Cañete (el propietario del terreno) la instalación de un muro de señalización, en concordancia con el artículo 82° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Secretaria Técnica del Qhapaq Ñan de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Quilmaná a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2024/JABR/PQÑ//MC, el Informe N° 000220-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC /MC e Informe N° 000025-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000031-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PPROV-018-MC_DGPA- DSFL-2024 WGS84 las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2268028-1 DEFENSA Designan Asesora I de la Secretaría General del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00215-2024-DE Lima, 8 de marzo del 2024VISTOS:El O fi cio Nº 01163-2024-MINDEF/SG, de la Secretaría General; el O fi cio Nº 00976-2024-MINDEF/ VRD-DGRRHH, de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Nº 00094-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC, de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal Nº 00304-2024-MINDEF/SG-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.