TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Sábado 9 de marzo de 2024 El Peruano / entidades con rectoría sobre las políticas vinculadas con los indicadores en el marco del FED. Artículo 6.- Funciones del Comité Directivo Son funciones del Comité Directivo: a) Aprobar la propuesta de categorías priorizadas en la edición correspondiente, para lo cual la Coordinación General del FED presenta la información que lo sustenta. b) Aprobar la metodología para establecer lo siguiente: • Metas de los indicadores para los gobiernos regionales y entidades del gobierno nacional y el margen de negociación a partir de la determinación de la meta. • Monto Máximo Asignable para cada edición del FED. • Metodología de distribución del monto asignado a cada gobierno regional y entidad del gobierno nacional por el cumplimiento de las metas de los indicadores FED. c) Aprobar el periodo comprendido para cada edición y los tramos a ejecutarse. d) Aprobar el proyecto de decreto supremo que contiene: ámbito geográ fi co priorizado, monto máximo, procedimientos para el cumplimiento de metas, indicadores y sus de fi niciones operacionales, metas, condiciones y mecanismos para la transferencia de recursos. e) Aprobar los reportes de veri fi cación de cumplimiento de metas de indicadores. f) Convocar a las entidades rectoras, de corresponder. g) Otras que sean necesarias para la operatividad del FED. Artículo 7.- Funciones del/de la Coordinador/a General del FED a) Coordinar con el equipo técnico del FED y brindar asistencia técnica en la elaboración de la propuesta de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la transferencia de recursos del FED. b) Convocar a los entes rectores para su participación, en lo que les compete asumir, según lo establecido en el presente reglamento. c) Validar y elevar la propuesta de ámbito geográ fi co priorizado, monto máximo, procedimientos para el cumplimiento de metas, indicadores y sus de fi niciones operacionales, metas y mecanismos para la transferencia de recursos, al Comité Directivo para su aprobación. d) Liderar la elaboración del reporte de veri fi cación de cumplimiento de metas de indicadores de cada etapa del ciclo operativo del FED y elevar al Comité Directivo. e) Supervisar y brindar asistencia técnica en la elaboración de la propuesta de distribución de recursos a transferir a los pliegos del gobierno nacional o gobiernos regionales, como parte del cumplimiento de metas de los compromisos de gestión y/o indicadores de cobertura o calidad establecidos en el decreto supremo. f) Coordinar y revisar la determinación de valores basales de la propuesta de indicadores de compromisos de gestión, cobertura y/o calidad y propuesta de metas a negociar con las entidades de gobierno nacional y/o gobierno regional. g) Gestionar y supervisar los procesos de negociación, suscripción de actas, asistencia técnica, seguimiento y verifi cación de la implementación de los compromisos establecidos en el decreto supremo. h) Conducir y supervisar el cumplimiento de las funciones y/o actividades de los coordinadores territoriales del FED. i) Coordinar y supervisar el monitoreo del cumplimiento de los compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad; identi fi cando problemas, riesgos, desviaciones y oportunidades de mejora. j) Gestionar ante la O fi cina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la custodia de la información digital utilizada para la determinación de los valores basales y veri fi cación. k) Coordinar con la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, la entrega de tablas analíticas y/o reportes de indicadores, a partir del procesamiento de los datos proporcionados por las entidades rectoras, para la determinación de los valores basales, monitoreo y veri fi cación de indicadores; así como, la entrega de información para de fi nir la propuesta de ámbito de intervención del FED. Artículo 8.- Funciones del equipo técnico del FEDa) Coordinar con los entes rectores la elaboración de la propuesta de indicadores y metas que serán objeto de medición en cada edición del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales b) Elaborar la propuesta del decreto supremo, para establecer los indicadores, metas, procedimientos, condiciones y/o mecanismos de asignación de recursos a las entidades participantes del FED. c) Elaborar la propuesta de la metodología de monto máximo en función a la disponibilidad presupuestal y prioridades de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, así como otros instrumentos necesarios para la gestión del FED. d) Elaborar los reportes de veri fi cación de cumplimiento de los indicadores de compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad, a partir de la información alcanzada por la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social con los entes rectores responsables de indicadores. e) Elaborar la propuesta de distribución de recursos para transferir a los pliegos del gobierno nacional o gobiernos regionales, como parte del cumplimiento de los compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad según lo establecido en los Procedimientos aprobados mediante decreto supremo. f) Desarrollar las acciones técnicas para la negociación, fi jación de metas en actas, seguimiento y verifi cación de cumplimiento de las metas establecidas del decreto supremo, en coordinación con las entidades con rectoría. g) Coordinar la ejecución del Plan de Asistencia Técnica por parte de los entes rectores para capacitar y brindar asistencia técnica a las entidades del gobierno nacional y/o los gobiernos regionales participantes del FED. h) Realizar reportes de seguimiento de los compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad, en base a la información procesada de indicadores/tablas analíticas, y otros, proporcionada por la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación o quien haga sus veces. i) Consolidar la información utilizada para la determinación de los valores basales y veri fi cación de los compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad, establecidas en el decreto supremo, para su custodia en coordinación con la O fi cina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. j) Otras funciones que le sean asignadas por el/la Coordinador/a General, Director/a de Mecanismos de Incentivos y/o Director/a General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, según corresponda. Artículo 9.- Funciones del grupo multisectorial de seguimiento a) Realizar el seguimiento de los indicadores establecidos en el decreto supremo, y generar alertas y recomendaciones para su atención prioritaria por cada entidad rectora. b) Analizar los reportes de información remitidos por el equipo técnico del FED, el gobierno nacional o el gobierno regional, participantes del FED, relacionados a la implementación de indicadores, nudos críticos y ejecución de recursos del FED, en las fechas establecidas en la directiva. Artículo 10.- Entidades que participan en la implementación del FED Para la implementación del FED las entidades del gobierno nacional y/o regional, así como las entidades rectoras tienen las siguientes responsabilidades: